Notificación N° 35674503/TTN4/19

EmisorJuzgado Provincial
Fecha de la disposición27 de Noviembre de 2019
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
"2019 -Año del 25° Aniversario del reconocimiento de la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires"
JUZGADO PROVINCIAL
TRIBUNAL DE TRABAJO Nº 4 PARTIDO DE QUILMES PROVINCIA DE
BUENOS AIRES
Notificación - Oficio Judicial E.E. Nº 35.674.503/MGEYA/AJG/2019
Carátula: MORENO NÉSTOR EDUARDO C/ GC CONSTRUCCIONES S.R.L Y
OTROS S/ DESPIDO”
Causa Nº: 17387/2018-0
Por tres (3) días Tribunal de Trabajo N° 4 de Quilmes, presidencia a cargo del Dr.
Gustavo Francisco Ginocchio, secretarla única a cargo de la Dra. Laura Lorena
Boragina, sito en calle Garibaldi 430 de Quilmes se hace saber que en los autos
caratulados: “MORENO NESTOR EDUARDO C/ GC CONSTRUCCIONES S.R.L Y
OTROS S/ *DESPIDO” (Expte. 4812) se ha dictado sentencia, liquidación y regulación
de honorarios:
-SENTENCIA-
Quilmes, 15 de Noviembre de 2.018 AUTOS Y VISTOS: CONSIDERANDO: Lo
resuelto en el Acuerdo que antecede, el Tribunal RESUELVE:1) Rechazar en todas
sus partes la demanda incoada por Néstor Eduardo Moreno en contra de GC
Imágenes SRL; 2) Hacer lugar a la demanda incoada por NESTOR EDUARDO
MORENO en contra de GC CONSTRUCCIONES SRL AGUIRRE solidariamente por
los rubros y montos establecidos en la primera cuestión (conf. arts. 103, 121, 122, 123,
150, 156, 231, 232, 242, 245 y cones, de la Ley de Contrato de Trabajo to.- modif. ley
25.877, arts. 8 y 15 ley 24.013 y 2° ley 25.323, y en consecuencia condenarlos a
depositar dentro del plazo de diez días de notificada la presente en el Banco de la
Provincia de Buenos Aires sucursal de Quilmes en cuenta judicial a la orden de éste
Tribunal la suma de PESOS CIENTO DIECISEIS MIL CUARENTA Y CUATRO ($
16.044); 3) A la suma de condena se le adicionaran intereses desde la fecha de
exigibilidad de los créditos y hasta su efectivo pago, los que serán calculados de la
manera prevista al tratarse el punto (5) de la Primera Cuestión, debiendo al efecto
practicarse la pertinente liquidación por Secretaria; 4) Por los rubros de la demanda
que prosperan, propongo que las costas sean soportadas por los demandados GC
Construcciones SRL y Ramón Francisco Aguirre (arts. 19 y 20 ley 11.653), que resulta
vencida, y eximir de costas a la actora por el rubro que se rechaza, atento la situación
procesal de rebeldía de la accionada. Difiérese la regulación de los honorarios de las
profesionales intervinientes para el momento de practicarse la liquidación.
REGISTRESE y NOTIFIQUESE. GUSTAVO FRANCISCO GINOCCHIO.
PRESIDENTE. MARIA LUISA DUGO. y RAMON FRANCISCO NORA CRISTINA
DINEGRO. JUEZ. Ante : LAURA LORENA BORAGINA SECRETARIA.
LIQUIDACION que practica la Actuaria en la causa Nro. 4812, caratulada: MORENO
NESTOR EDUARDO C/ GC CONSTRUCCIONES S.R.L Y OTROS SI *DESPIDO”
Capital $ 16.044.-
Intereses desde 24/5/2001 al 19/8/08 $ 11.132,26.
Intereses desde el 20/8/08 al 15/11/18 $ 29.664,64.
Subtotal $ 56.840.90.
Tasa de Justicia $ 1.250,50.
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5750 - 27/11/2019

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