Notificación N° 286/DGR/21

EmisorMinisterio de Hacienda y Finanzas
Fecha de la disposición29 de Marzo de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
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MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
Notificación - Resolución 286/GCABA-DGR/21
Expediente Electrónico N° 12.883.534/MGEYA-DGR/16
La Dirección General de Rentas notifica a la contribuyente MAC CORP S.R.L y al
responsable solidario, Socio Gerente de la Sociedad, señor Carlos Alberto Macchi, los
términos de la Resolución Nº 286-GCABA-DGR-2021, de fecha 11 de Marzo de 2021,
cuya parte resolutiva se transcribe a continuación:
EL SUBDIRECTOR GENERAL DE TÉCNICA TRIBUTARIA
DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
RESUELVE
Artículo 1°.- Iniciar el procedimiento de determinación de oficio sobre base cierta y de
carácter parcial de la materia imponible y las obligaciones fiscales consiguientes en
relación al Impuesto Sobre los Ingresos Brutos, a la contribuyente MAC CORP S.R.L.,
inscripta en el Impuesto Sobre los Ingresos Brutos como contribuyente Local del
Régimen General bajo el N° 1176319-01, CUIT 30-71032994-6, con domicilio fiscal
sito en la calle Eduardo Holmberg N° 2755, Comuna N° 12, de ésta Ciudad, cuya
actividad declarada sujeta a tributo consiste en "Construcción de edificios no
residenciales", respecto de los períodos fiscales 2015 (1° a 12° anticipos mensuales) y
2016 (1° y 2° anticipos mensuales).
Artículo 2°.- Instruir sumario a la contribuyente mencionada, por la comisión presunta
de las infracciones sancionadas en las normas fiscales referidas en los Considerandos
de la presente.
Artículo 3°.- Hacer extensiva la responsabilidad solidaria por el cumplimiento de las
obligaciones tributarias de la contribuyente al Socio Gerente de la Sociedad, señor
Carlos Alberto Macchi, D.N.I. N° 13.740.612 con domicilio real y especial en la calle
Holmberg N° 2755, Comuna N° 12, de esta Ciudad y/o quien resulte responsable
hasta la actualidad, en virtud de lo establecido en los artículos 11 (incisos 3° y 4o), 12,
14 (inciso 1°) y 112 del Código Fiscal T.O. 2021 y disposiciones concordantes de años
anteriores.
Artículo 4°.- Conferir vista de estas actuaciones a la contribuyente, al responsable
solidario y/o a quien resulte responsable hasta la actualidad, para que en el término de
los quince (15) días, contados a partir del primer día hábil siguiente al de la notificación
de esta Resolución, expresen por escrito su descargo, ofrezcan y produzcan las
pruebas que hagan a su derecho, debiendo el presentante acreditar la personería
jurídica invocada de no estarlo en la actuación, bajo apercibimiento de su rechazo in
limine.
Artículo 5°.- Consignar que las planillas de diferencias de verificación forman parte
integrante de la presente Resolución.
Artículo 6°.- Intimar a la contribuyente para que dentro del término de quince (15) días
de notificada esta Resolución, declare si ha interpuesto demanda impugnativa contra
un acto administrativo sancionatorio dictado por esta Administración Tributaria con
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6087 - 29/03/2021

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