Notificación N° 25594892/DGCLAP/18

EmisorMinisterio de Hacienda y Finanzas
Fecha de la disposición10 de Septiembre de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
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MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
SUBSECRETARIA GESTION DE RECURSOS HUMANOS
DIRECCIÓN GENERAL CONCURSOS, LEGALES Y ASUNTOS PREVISIONALES
Notificación - Expediente 25.594.892/MGEYA-DGGPP/18
La Dirección General Concursos, Legales y Asuntos Previsionales, dependiente de la
Subsecretaria de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Hacienda y
Finanzas, notifica a la ex agente Victoria Torres Saavedra CUIL N° 27-32187803-8, lo
resuelto en el Expediente N° 25594892-MGEYA -DGGPP/18 mediante Resolución Nº
2494-GCABA-SSGRH/19: "Artículo 1°.- Declárese cesante a la agente Victoria Torres
Saavedra CUIL N° 27-32187803-8, quien presta servicios en el Consejo de los
Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, Partida
2015.0030.AAS.INI.05/GRAL/AAS.104 en el marco de lo dispuesto por los artículos
54, inc. b), y 57, inc. c), de la Ley N° 471 (Texto Consolidado según Ley N° 6.017).-
Artículo 2°.- Para su conocimiento y demás efectos, pase a la Gerencias Operativas de
Asuntos Legales de Recursos Humanos y Asuntos Contenciosos, dependientes de la
Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, debiendo esta última
Gerencia citada, practicar fehaciente notificación a la interesada al domicilio sito la
Calle José E Uriburu, N° 626, Piso 7°, Depto. “E“ , Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
haciéndole saber que la presente no agota la vía administrativa y podrá interponer
recurso de reconsideración en el plazo de 10 días o jerárquico en el plazo de 15 días
(cfr. Arts. 107, 112, 113 y ss. de la Ley de Procedimientos Administrativos aprobada por
el Decreto N° 1510/97- texto consolidado por Digesto Jurídico aprobado por Ley 6.017)
o el recurso directo previsto en el artículo 464 y 465 del Código Contencioso
Administrativo y Tributario de la Ciudad de Buenos Aires (Ley 189 modificada por la
Ley 2435). Posteriormente remítase a las Direcciones Generales de Planificación y
Control Operativo y Administración y Liquidación de Haberes, ambas de esta
Subsecretaría, y al Consejo de los Derechos de las Niñas Niños y Adolescentes a los
efectos de su toma de conocimiento. Cumplido archívese.-". De conformidad con lo
establecido en la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires
aprobada por Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 1.510/97 (Texto Consolidado por
Ley N° 6347, BOCBA Nº 6009), el acto administrativo que se notifica NO AGOTA la
instancia administrativa y podrá interponer recurso de reconsideración en el plazo de
10 días hábiles o jerárquico en el plazo de 15 días hábiles (cfr. Arts. 107, 112, 113 y ss.
de la Ley de Procedimientos Administrativos) o el recurso directo de revisión previsto
en el artículo 464 y 465 del Código Contencioso Administrativo y Tributario de la
Ciudad de Buenos Aires (Ley 189 texto consolidado por Ley Nº 6347). En caso de
continuar con la vía recursiva, deberá constituir domicilio especial dentro del ámbito de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, no pudiendo constituirse domicilio en las
oficinas públicas (Art. 39 y 40), y el electrónico Art. 51 inc. a)), bajo apercibimiento de
continuar el trámite de los obrados, sin su intervención o disponer la caducidad del
procedimiento conforme lo estipulado en el art. 22 inc. e), ap. 9, de la citada Ley de
Procedimientos Administrativos. QUEDA USTED NOTIFICADA.
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6212 - 10/09/2021

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