Notificación N° 2248/DGR/21

EmisorMinisterio de Hacienda y Finanzas
Fecha de la disposición22 de Diciembre de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
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MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
Notificación - Resolución N° 2248-GCABA-DGR/21
Expediente Electrónico N° 5.579.849-GCABA-DGR-20
La Dirección General de Rentas notifica a la contribuyente INTERNATIONAL CREDIT
BUREAU S.A. y a Carlos Claudio González Egozcue, los términos de la Resolución
N° 2248-GCABA-DGR-2021, de fecha 2 de diciembre de 2021, cuya parte resolutiva
se transcribe a continuación:
EL SUBDIRECTOR GENERAL DE TÉCNICA TRIBUTARIA
DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
RESUELVE
Artículo 1°.- Determinar de oficio sobre base presunta y con carácter parcial la materia
imponible y el impuesto resultante de la contribuyente INTERNATIONAL CREDIT
BUREAU S.A., inscripta en el Impuesto Sobre los Ingresos Brutos como Contribuyente
sujeta al Régimen del Convenio Multilateral bajo el N° 901-0995956-9, CUIT Nº 30-
66334961-5, con domicilio fiscal en la Avenida Corrientes N° 4149, Planta Baja,
Departamento "C", Comuna N° 5, de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires, cuya
actividad sujeta a tributo consiste en "Servicios empresariales n.c.p.", con relación a
los períodos fiscales 2015 (1° y 3° a 12° anticipos mensuales) y 2016 (1° a 12°
anticipos mensuales), en los montos que se detallan en el Anexo, que a todos sus
efectos forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2°.- Concluir el sumario conexo instruido, considerando a la contribuyente
incursa en la figura de omisión, aplicándole una multa de Pesos Un millon novecientos
ochenta y cuatro mil seiscientos veintidós con 47/100 ($1.984.622,47), la cual se
encuentra compuesta por el equivalente al cien por ciento (100 %) del impuesto
omitido, calculada y graduada en mérito a lo expuesto en los Considerandos de la
presente.
Artículo 3°.- Establecer que a la contribuyente le corresponde tributar la alícuota del
3% por los ingresos determinados correspondientes a la actividad detectada de
"Servicios empresariales n.c.p.", en relación los períodos fiscales 2015 (1° y 3° a 12°
anticipos mensuales) y 2016 (1° a 12° anticipos mensuales), según lo establecido en el
artículo 47 de la Ley Tarifaria para el año 2016 y disposición concordante de año
anterior motivo de ajuste.
Artículo 4°.- Mantener la extensión de la responsabilidad solidaria por el cumplimiento
de las obligaciones tributarias de la contribuyente, emergentes de la presente, al
Presidente del Directorio de la firma, señor Carlos Claudio González Egozcue, DNI
13.482.098, con domicilio denunciado y fiscal ante esta Administración en la Avenida
de los Incas N° 3587, Piso 3°, Departamento "B", Comuna N° 15, y con domicilio fiscal
declarado ante la Administración Federal de Ingresos Públicos sito en la calle Lavalle
N° 472, Piso 1°, Departamento "110", Comuna N° 1, ambos de esta Ciudad y/o a quien
resulte responsable hasta la actualidad, en virtud de lo dispuesto en los artículos 11
(incisos 3° y 4°), 12, 14 (inciso 1°) y 112 del Código Fiscal T.O. 2021 y disposiciones
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6281 - 22/12/2021

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