Notificación N° 1923/DGR/22

EmisorMinisterio de Hacienda y Finanzas
Fecha de la disposición22 de Julio de 2022
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2022 - Año del 40° Aniversario de la Guerra de Malvinas.
En homenaje a los veteranos y caídos en la defensa de las Islas Malvinas y el Atlántico Sur”
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MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
Notificación - Resolución Nº 1923-GCBA-DGR/22
Expediente Electrónico N° 9.135.546/MGEyA/DGR/17
La Dirección General de Rentas notifica a contribuyente LAURA GISELLE BLADO en
los términos de la Resolución Nº 1923-GCBA-DGR-2022 de fecha 19 de junio de
2022, cuya parte resolutiva se transcribe a continuación:
EL SUBDIRECTOR GENERAL DE TÉCNICA TRIBUTARIA
DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
RESUELVE
Artículo 1º.- Determinar de oficio sobre base presunta y con carácter parcial la materia
imponible y el impuesto resultante de la contribuyente LAURA GISELLE BLADO
inscripta en el Régimen General como contribuyente local del Impuesto Sobre los
Ingresos Brutos bajo el Nº 1536034-02"con cese observado" (CUIT N° 27-32144964-
1), con domicilio fiscal sito en la Avenida General Paz N° 9440, Comuna Nº 10 de esta
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, cuya actividad sujeta a tributo consiste en "Venta
por menor no realizada en establecimientos n.c.p.", con relación al período fiscal 2016
(4º a 10°anticipos mensuales).
Artículo 2°.- Establecer los ingresos provenientes de la actividad "Venta por menor no
realizada en establecimientos n.c.p.", por el período fiscal 2016 (4° a 10° anticipos
mensuales), deben tributar a la alícuota del 3% de acuerdo a lo previsto en el artículo
47 de la Ley Tarifaria para el año 2016.
Artículo 3º.-Concluir el sumario instruido considerando a la contribuyente incursa en la
figura de omisión fiscal aplicándole una multa de $ 633.902,26 (Pesos seiscientos
treinta y tres mil novecientos dos con veintiseis centavos), equivalente al cien por
ciento (100%) del impuesto omitido, conforme se desprende del Anexo que forma
parte integrante de la presente.
Artículo 4°.- Intimar LAURA GISELLE BLADO para que dentro del término de quince
(15) días de quedar notificada y firme la presente, ingrese la suma de $ 633.902,26
(Pesos seiscientos treinta y tres mil novecientos dos con veintiséis centavos) que
resulta adeudar, y que proviene de las diferencias emergentes de esta determinación,
a la cual deberán aditarse los intereses establecidos por el artículo 56 del Código
Fiscal (T.O. 2022) y disposiciones concordantes de años anteriores, hasta el momento
del efectivo pago y la multa aplicada de $ 633.902,26 (Pesos seiscientos treinta y tres
mil novecientos dos con veintiséis centavos, equivalente al cien por ciento (100%) del
impuesto omitido, debiendo acreditar su pago ante esta Dirección General bajo
apercibimiento de solicitar la inhibición general de bienes y/o el embargo preventivo,
en caso de corresponder, previsto en el artículo 3º inciso 12 del Código Fiscal aludido.
A los efectos de posibilitar la efectivización del pago de la multa intimada se podrá
concurrir ante la Dirección de Técnica Tributaria de la mencionada repartición sita en
Viamonte 900 (Edificio Esmeralda - 4º Piso) o bien solicitar el instrumento de pago de
manera remota mediante el uso de la Plataforma de Tramitación a Distancia (TAD) del
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6424 - 22/07/2022

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