Notificación N° 1870/DGR/22

EmisorMinisterio de Hacienda y Finanzas
Fecha de la disposición25 de Julio de 2022
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2022 - Año del 40° Aniversario de la Guerra de Malvinas.
En homenaje a los veteranos y caídos en la defensa de las Islas Malvinas y el Atlántico Sur”
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MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
Notificación - Resolución N° 1870-GCABA-DGR/22
Expediente Electrónico N° 08.353.873-MGEYA-DGR/18
La Dirección General de Rentas notifica a la contribuyente INGARAMO, NADIA, los
términos de la Resolución N° 1870-GCABA-DGR-2022, de fecha 14 de julio de 2022,
cuya parte resolutiva se transcribe a continuación:
EL SUBDIRECTOR GENERAL DE TÉCNICA TRIBUTARIA
DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
RESUELVE
Artículo 1º.- Sanear el error material cometido en el artículo 1° del “Resuelve“ de la
Resolución N° 427-GCABA-DGR2022, el que queda redactado de la siguiente forma:
“Iniciar el procedimiento de determinación de oficio sobre base presunta y con carácter
parcial de la materia imponible y de las obligaciones fiscales consiguientes en relación
al Impuesto Sobre los Ingresos Brutos a la contribuyente INGARAMO NADIA, inscripta
en el Impuesto Sobre los Ingresos Brutos como contribuyente Local bajo el Nº
1567141-11, CUIT Nº 27-25831863-9, con domicilio fiscal en la calle Balcarce Nº 260,
Piso 2º, Departamento "C", Comuna Nº 1, de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
cuya actividad declarada sujeta a tributo consiste en "Servicios empresariales n.c.p.",
en relación a los períodos fiscales 2016 (8º y 10º a 12º anticipos mensuales) y 2017
(1º a 12º anticipos mensuales)“, en mérito a lo expuesto en los considerandos de la
presente.
Artículo 2°.- Incorpórese como considerando décimo de la Resolución N° 427-GCABA-
DGR-2022, el siguiente: "Que los hechos descriptos en la Resolución N° 427-GCABA-
DGR-2022 constituyen omisiones en el cumplimiento de las obligaciones tributarias,
que configuran presuntamente infracciones a los deberes fiscales de orden material
cuya comisión se encuentra prevista y sancionada en el artículo 115 -defraudación- del
Código Fiscal T.O. 2022 y disposiciones concordantes de años anteriores;".
Artículo 3º.- Regístrese; notifíquese a la contribuyente en el domicilio fiscal; en el
domicilio fiscal electrónico,y mediante la publicación de edictos en el Boletín Oficial de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de conformidad con lo dispuesto en el artículo
41 del Código Fiscal T.O. 2022, con copia de la presente y de la Resolución N° 427-
GCABADGR-2022, y resérvese.
Juan I. Nigrelli
Subdirector General
Inicia: 25-7-2022 Vence: 27-7-2022
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6425 - 25/07/2022

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