Notificación N° 1828/DGR/22

EmisorMinisterio de Hacienda y Finanzas
Fecha de la disposición18 de Julio de 2022
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2022 - Año del 40° Aniversario de la Guerra de Malvinas.
En homenaje a los veteranos y caídos en la defensa de las Islas Malvinas y el Atlántico Sur”
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MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
Notificación - Resolución N° 1828- GCABA-DGR/22
Expediente Electrónico N° 15.517.146-MGEyA-DGR/17
La Subdirección General de Técnica Tributaria de la Dirección General de Rentas
notifica al contribuyente NUTMEG S.A y al Presidente del Directorio de la firma,
señor Pascual Iervasi, los términos de la Resolución N° 1828- GCABA-DGR-2022, de
fecha 13 de julio de 2.022, cuya parte resolutiva se transcribe a continuación:
EL SUBDIRECTOR GENERAL DE TÉCNICA TRIBUTARIA
DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
RESUELVE
Artículo 1º.- Impugnar las declaraciones juradas efectuadas por la contribuyente
NUTMEG S.A., inscripta en el Impuesto Sobre los Ingresos Brutos como contribuyente
del Régimen de Convenio Multilateral bajo el N° 902- 302000-1, CUIT N° 30-
71525119-8, con domicilio fiscal sito en la Avenida Presidente Juan Domingo Perón N°
2128, de la Localidad de Ciudad Evita, Provincia de Buenos Aires, cuya actividad
sujeta a tributo consiste en “Venta al por menor de artículos textiles, excepto prendas
de vestir“ con relación al período fiscal 2016 (10° a 12° anticipos mensuales).
Artículo 2º.- Determinar de oficio sobre base cierta y presunta (mixta) y con carácter
parcial la materia imponible y el impuesto resultante de la contribuyente, por el período
fiscal 2016 (10º a 12° anticipos mensuales) en los montos que se detallan en el Anexo,
que a todos los efectos forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 3°.- Establecer que por los ingresos provenientes de la actividad "Venta al por
menor de productos textiles, excepto prendas de vestir" le corresponde tributar el
impuesto que nos ocupa a la alícuota del 3% respecto del período fiscal 2016 (10° a
12° anticipos mensuales) conforme lo previsto en el artículo 47 inciso 17) de la Ley
Tarifaria para el año 2016.
Artículo 4°.- Concluir el sumario instruido considerando a la contribuyente incursa en la
figura de omisión fiscal, aplicándole una multa de pesos seiscientos sesenta y cuatro
mil veintiocho con veinte centavos ($ 664.028,20) equivalente al cien por ciento 100%
del impuesto omitido ($664.028,20.-) conforme se desprende del Anexo que forma
parte integrante de la presente.
Artículo 5°.- Mantener la extensión de la responsabilidad solidaria por el cumplimiento
de las obligaciones tributarias de la contribuyente al Presidente del Directorio de la
firma, señor Pascual Iervasi, DNI N° 11.362.589, con domicilio en la calle México N°
2083, Comuna N.º 1, perteneciente a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y/o quien
resulte responsable hasta la actualidad, en virtud de lo establecido en los artículos 11
(incisos 3° y 4°), 12, 15 (inciso 1°) y 124 del Código Fiscal T.O. 2022 y disposiciones
concordantes de años anteriores.
Artículo 6°.- Intimar a la contribuyente NUTMEG S.A, al Presidente del Directorio de la
firma, señor Pascual Iervasi, y/o quien resulte responsable hasta la actualidad, para
que dentro del término de quince (15) días de quedar notificada y firme la presente,
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6420 - 18/07/2022

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