Notificación N° 1725/DGR/21

EmisorMinisterio de Hacienda y Finanzas
Fecha de la disposición28 de Octubre de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
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MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
Notificación - Resolución N° 1725-GCABA-DGR/21
Expediente Electrónico N° 23.156.826-MGEYA-DGR/18
La Subdirección General de Técnica Tributaria de la Dirección General de Rentas
notifica a la contribuyente UPNZ ARGENTINA S.A. y a su responsable solidaria
señora Beatriz Guadalupe Negrete, los términos de la Resolución N° 1725-GCABA-
DGR-2021, de fecha 28 de septiembre de 2.021, cuya parte resolutiva se transcribe a
continuación:
EL SUBDIRECTOR GENERAL DE TÉCNICA TRIBUTARIA
DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
RESUELVE
Artículo 1º.- Impugnar las declaraciones juradas efectuadas por la contribuyente UPNZ
ARGENTINA S.A., inscripta en el Impuesto Sobre los Ingresos Brutos como
contribuyente del Régimen de Convenio Multilateral bajo el Nº 901-606936-0 - CUIT N°
30-71156752-2 (CESE OBSERVADO), con domicilio fiscal en la calle Saraza N° 450,
Piso 2, Departamento "A", Comuna N° 7 de esta Ciudad, cuya actividad declarada
sujeta a tributo consiste en "Venta al por mayor de productos textiles n.c.p., excepto
prendas y accesorios de vestir" por el período fiscal 2015 (1º a 12° anticipos
mensuales)en los montos que se detallan en el Anexo -que a todos sus efectos forma
parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2°.- Determinar de oficio sobre base presunta y con carácter parcial la materia
imponible y el impuesto resultante, a la contribuyente respecto del período fiscal 2015
(1° a 12° anticipos mensuales), en los montos que se detallan en el Anexo -que a
todos sus efectos forma parte integrante de la presente Resolución-.
Artículo 3°.- Establecer que los ingresos de la contribuyente con relación a la actividad
"Venta al por mayor de productos textiles n.c.p., excepto prendas y accesorios de
vestir" deben tributar a la alícuota del 3% para al período fiscal 2015 (1° a 12°
anticipos mensuales), de conformidad con lo establecido por el artículo 52, inciso 3º)
de la Ley Tarifaria vigente para el año 2015.
Artículo 4°.- Concluir el sumario instruido, considerando a la contribuyente incursa en
la figura de defraudación fiscal, aplicándole una multa de pesos Trescientos once mil
ochocientos cincuenta y uno con 51/100.- ($ 311.851,51.-), equivalente al ciento por
ciento (100%) del impuesto defraudado, graduada de acuerdo a lo expuesto en los
Considerandos de la presente.
Artículo 5°.- Mantener la extensión de la responsabilidad solidaria por el cumplimiento
de las obligaciones tributarias de la contribuyente a la Presidente de la Sociedad,
Señora Beatriz Guadalupe Negrete, DNI N° 17.206.320, domiciliada en la calle Maipú
N° 448, 1, de Lomas de Zamora, Provincia de Buenos Aires y con domicilio especial
constituido en la calle Saraza N° 450, Piso 2, Departamento A de la Ciudad de Buenos
Aires, y/o quien resulte responsable hasta la actualidad, en virtud de lo establecido en
los artículos 11 (incisos 3° y 4°), 12, 14 (inciso 1°) y 112 del Código Fiscal T.O. 2021 y
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6245 - 28/10/2021

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