Notificación N° 1320/DGR/19

EmisorMinisterio de Economía y Finanzas
Fecha de la disposición13 de Mayo de 2019
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
"2019 -Año del 25° Aniversario del reconocimiento de la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires"
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
Notificación - Resolución N° 1320-GCABA-DGR/19
Expediente N.º 6.448.564-MGEyA/15
La Subdirección General de Técnica Tributaria de la Dirección General de Rentas
notifica al contribuyente PROYECTOS REPUBLIC S.A. Y A LOS SEÑORES
GUSTAVO JAVIER MAXIMILIANO GALEANO Y CRISTIAN NICOLÁS VELOZO los
términos de la Resolución N° 1320-GCABA-DGR-2019, de fecha 6 de Mayo de 2019,
cuya parte resolutiva se transcribe a continuación:
EL SUBDIRECTOR GENERAL DE TÉCNICA TRIBUTARIA
DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
RESUELVE:
Artículo 1º.- Impugnar las declaraciones juradas efectuadas por la contribuyente
PROYECTOS REPUBLIC S.A., inscripta en el Impuesto Sobre los Ingresos Brutos
como contribuyente del Régimen de Convenio Multilateral bajo el N° 901-346095-6
(CUIT N° 30-71250181-9), con domicilio fiscal en la calle Arenales N° 2317, Piso 8,
departamento "33", Comuna N° 2, de esta Ciudad, cuya actividad sujeta a tributo
consiste en "Servicios de consultores en informática y suministro de programas de
informática", en relación a los períodos fiscales 2013 (3° a 12° anticipos mensuales),
2014 (1° a 12° anticipos mensuales) y 2015 (1° a 12° anticipos mensuales).
Artículo 2°.- Determinar de oficio sobre base presunta y con carácter parcial la materia
imponible y el impuesto resultante de la contribuyente, por los períodos fiscales 2013
(3° a 12° anticipos mensuales), 2014 (1° a 12° anticipos mensuales) y 2015 (1° a 12°
anticipos mensuales), en los montos que se detallan en el Anexo, que a todos los
efectos forma parte integrante de la presente Resolución
Artículo 3°.- Establecer que a la rubrada le corresponde tributar el impuesto que nos
ocupa a la alícuota del 3% por los ingresos correspondientes a la actividad "Servicios
de consultores en informática y suministro de programas de informática" por los
período fiscales 2013 (3° a 12° anticipos mensuales), 2014 (1° a 12° anticipos
mensuales) y 2015 (1° a 12° anticipos mensuales) conforme lo previsto en el artículo
52, inciso 37) de la Ley Tarifaria para el año 2015 y disposiciones concordantes de
años anteriores.
Artículo 4°.- Concluir el sumario instruido considerando a la contribuyente incursa en la
figura de omisión fiscal aplicándole una multa de Pesos trescientos dieciséis mil
novecientos sesenta y cinco con 00/100 ($316.965,00) la cual se encuentra compuesta
por el equivalente al 100% del impuesto omitido, graduada de acuerdo a lo dispuesto
en los Considerandos de la presente.
Artículo 5º.- Mantener la extensión de la responsabilidad solidaria por el cumplimiento
de las obligaciones tributarias de la contribuyente, al Presidente del Directorio de la
Firma, señor Gustavo Javier Maximiliano Galeano, D.N.I. N° 31.174.829, con domicilio
sito en la calle Bartolomé Mitre N° 3773, Piso 3°, Comuna N° 5 de la Ciudad de
Buenos Aires y al Vicepresidente señor Cristian Nicolás Velozo, DNI N° 35.759.805,
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5615 - 13/05/2019

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR