Notificación N° 1098/DGR/19

EmisorMinisterio de Economía y Finanzas
Fecha de la disposición23 de Abril de 2019
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
"2019 -Año del 25° Aniversario del reconocimiento de la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires"
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
Notificación - Resolución N° 1098-GCABA-DGR/19
E.E. N° 24.410.020-MGEYA-DGR/16
La Subdirección General Técnica Tributaria de la Dirección General de Rentas notifica
a la contribuyente METALES ZANZIBAR S.A. y a sus responsables solidarios, la
señora Verónica Yolanda Avalos y los señores Matías Pablo Navarro y Hugo
Ramón Aranda, los términos de la Resolución N° 1098-GCABA-DGR-2019, de fecha
15 de abril de 2019, cuya parte resolutiva se transcribe a continuación:
EL SUBDIRECTOR GENERAL DE TÉCNICA TRIBUTARIA
DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
RESUELVE
Artículo 1°.- Impugnar las declaraciones juradas efectuadas por la contribuyente
METALES ZANZIBAR S.A., inscripta en el Impuesto Sobre los Ingresos Brutos como
contribuyente del Régimen del Convenio Multilateral bajo el N° 901-559135-6, CUIT Nº
30-71160337-5, con domicilio fiscal en la calle Santander N° 5820, perteneciente a la
Comuna N° 8, de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires, cuya actividad sujeta a
tributo consiste en "Forjado, prensado, estampado y laminado de metales;
pulvimetalurgia", en relación al período fiscal 2016 (1° y 2° anticipos mensuales).
Artículo 2°.- Determinar de oficio sobre base presunta y con carácter parcial, la materia
imponible y el impuesto resultante con respecto al período fiscal 2016 (1° y 2°
anticipos mensuales), en el monto que se detalla en el Anexo, que a todos los efectos
forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 3°.- Establecer que por los ingresos provenientes de la actividad "Forjado,
prensado, estampado y laminado de metales; pulvimetalurgia" le corresponde tributar
a la alícuota del 3% por el período fiscal 2016 (1° y 2° anticipos mensuales), de
conformidad con el artículo 50 de la Ley Tarifaria para el año 2016.
Artículo 4°.- Concluir el sumario instruido considerando a la contribuyente incursa en la
figura de omisión fiscal, aplicándole una multa de $ 324.453,96 (pesos trescientos
veinticuatro mil cuatrocientos cincuenta y tres con noventa y seis centavos),
equivalente al 65% del impuesto omitido con más el 65% de la suma por el concepto
que motivó la ampliación del sumario respectivo, conforme se desprende del Anexo,
que forma parte integrante de la presente.
Artículo 5°.- Mantener la extensión de la responsabilidad solidaria por el cumplimiento
de las obligaciones emergentes de la presente, a los ex Presidentes del Directorio de
la firma, la señora Verónica Yolanda Avalos, DNI 30.921.780, quien se desempeñó en
el cargo desde el 11/10/2010 hasta el 21/02/2014, con domicilio denunciado en la calle
Santander N° 5820, Comuna Nº 8, de esta Ciudad; al señor Matías Pablo Navarro,
DNI Nº 35.273.642, quien se desempeñó en el cargo desde el 21/02/2014 hasta el
13/05/2016, con domicilio fiscal denunciado ante la AGIP y la AFIP sito en la calle
Pavón Nº 122, de la localidad de Avellaneda, Partido del mismo nombre, Provincia de
Buenos Aires, al actual Presidente de la firma, desde el 13/05/2016, señor Hugo
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5602 - 23/04/2019

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