Aviso Oficial Notificación a Enrique Cruz - Resolución Nº 1273/03 - Expte. Nº 16.852/99
Fecha de publicación | 04 Septiembre 2007 |
Fecha de disposición | 04 Septiembre 2007 |
Sección | Primera Sección - Legislación y Avisos Oficiales |
Número de Gaceta | 31231 |
Administrativos, Dto. Nº 1759/72 (T.O. 1991), en sus arts. 84 y 94, se podrán articular los recursos de reconsideración o alzada dentro de los DIEZ (10) y QUINCE (15) días hábiles administrativos, respectivamente, computados a partir de los CINCO (5) días de la última publicación de este edicto.
Ing. CEFERINO A. NAMUNCURA, Interventor, Comisión Nacional de Comunicaciones.
e. 4/9 Nº 556.010 v. 6/9/2007 COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES Perú 103 - Capital Federal NOTIFICASE al Sr. Pablo LUCERO, la Resolución CNC Nº 285/01, dictada en el Expte. Nº 16855/ 99, cuya parte resolutiva pertinente se transcribe a continuación:
Comisar un transceptor handy marca VERTEX, modelo FTH-2009, número de serie 3N600953, sin pack ni antena, propiedad del Sr. Pablo LUCERO, de acuerdo con lo aprobado en la decisión que constituye el Anexo al Acta de Directorio número 12 (número de orden 42) y con lo establecido en el artículo 81, inciso a) del Decreto Ley Nº 33.310/44, ratificado por Ley Nº 13.030, por los motivos expuestos en los considerandos.
Conste que el presente se publica por el término de TRES (3) días y que de acuerdo con lo dispuesto por el art. 33 del Dto. Nº 1185/90 y sus modificatorios, el acto dictado agota la instancia administrativa, sin perjuicio de lo cual y conforme lo establece la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos - Dto. Nº 1759/72 (T.O. 1991), en sus arts. 84 y 94, se podrán articular los recursos de reconsideración o alzada dentro de los DIEZ (10) y QUINCE (15) días hábiles administrativos, respectivamente, computados a partir de los CINCO (5) días de la última publicación de este edicto. -- Ing.
CEFERINO A. NAMUNCURA, Interventor, Comisión Nacional de Comunicaciones.
e. 4/9 Nº 556.009 v. 6/9/2007 ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS DIRECCION GENERAL DE ADUANAS La DIRECCION GENERAL DE ADUANAS, en virtud de lo dispuesto en el Art. 1ro. de la Ley 25.603, para las mercaderías que se encuentran en la situación prevista en el Art. 417 de la Ley 22.415, comunica por única vez a aquellos que acrediten su derecho a disponer de las mercaderías cuya identificación a continuación se indica, que podrán dentro del plazo de TREINTA (30) días corridos, solicitar alguna destinación autorizada, previo pago de las multas que por derecho correspondieren. Transcurrido el plazo mencionado, el Servicio Aduanero procederá de acuerdo a lo dispuesto en los Arts. 2do., 3ro., 4to. y 5to. de la Ley 25.603, y hasta...
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