Aviso Oficial Notificación de la Resolución Nº 52/2008 - Expte. Nº 20.611/03 - Declárase la Caducidad de Licencias de Centro de Radiocomunicaciones S.A.
Fecha de la disposición | 18 de Julio de 2008 |
SESIONES DE COMISION ARTICULO 11º -- En los casos en que se formen las Comisiones referidas en el art.4º, participarán de las mismas los integrantes nominados, los asesores que éstos designen y los funcionarios y asesores aduaneros nombrados a tal efecto por la Dirección General de Aduanas. Al momento de su conformación, la Comisión deberá designar a un miembro como coordinador.
El coordinador será el responsable de convocar las reuniones que considere necesarias y adoptar las medidas que estimare convenientes para cumplir con el propósito encomendado.
RESUMEN ARTICULO 12º -- La Secretaría Coordinadora Permanente elaborará un resumen de cada reunión del Foro, el que contendrá una síntesis de los temas tratados y de las conclusiones a que se hayan arribado. Asimismo, contendrá la nómina de los miembros participantes.
OTRAS DISPOSICIONES ARTICULO 13º -- La Secretaría Coordinadora Permanente del Foro será la depositaria de todos los instrumentos emanados de las reuniones.
e. 18/07/2008 Nº 582.105 v. 18/07/2008 ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS DIRECCION GENERAL DE ADUANAS Nota Externa N° 50/2008
Asunto: Importación Temporaria de Bienes de Capital Art. 31, ap, 1, inc. a) Dto. 1001/82.
Bs. As., 16/7/2008
VISTO el Art. 266 del Código Aduanero, la Instrucción General Nº 2/2006 (DGA) y la Actuación SIGEA Nº 12832-14-2008, y;
CONSIDERANDO:
Que el Art.266, apartado 1.del Código Aduanero autoriza al interesado a solicitar --un mes antes del vencimiento del plazo de la Importación Temporal-- la prórroga de la autorización, por igual término.
Que en el apartado 2 expresa que este Organismo evaluará los motivos expuestos, y si fueren razonables, procederá a otorgarla hasta un plazo máximo igual al oportunamente otorgado.
Que a partir del dictado de la I.G. Nº 002/06 (DGA), se reforzaron los controles para el otorgamiento de las Destinaciones Suspensivas de Importación y Exportación de Bienes de Capital, especialmente los controles ex post, para el otorgamiento de las prórrogas en el marco de las misiones y funciones conferidas a las Direcciones Regionales Aduaneras por Disposición Nº 633/99 y Disposición Nº 587/02 AFIP.
Que con motivo de tal fiscalización, se han detectado verdaderas maniobras de simulación al sólo efecto de cumplimentar los requisitos o las formas que exige la Disposición Nº 034/98 (SDG LTA), es decir presentando contratos especialmente confeccionados para demostrar que la propiedad de la mercadería pertenece una persona física o jurídica del exterior, eludiendo de esta...
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