NOTIFICACION

Fecha28 Febrero 2019
Número de registro27870
EmisorMINISTERIO DE SALUD:

Se notifica por este medio, al señor DIEGO RAMON LAPALMA, que en los autos CARATULADOS: “LAPALMA DIEGO RAMON – REF.: NOTA 12101/16. S/APLICACIÓN DE SANCION DISCIPLINARIA PREVISTA EN LOS ARTS. 50 INC. C) Y 53 INC. A) Y C) DE LA LEY 8525, POR INASISTENCIAS SIN JUSTIFICAR.” Expte. Nº 00501-0150239-6, se ha dictado el Decreto Nº 0840 de fecha 18/04/2018; que en lo pertinente expresa:

ARTICULO 1°.- Déjase cesante, con retroactividad 19/06/16, por las causales previstas en el artículo 53 incisos a) y c), de la Ley Nº 8525, en concordancia con lo establecido en los artículos 50, inciso c), y 56 del mismo texto legal, al señor DIEGO RAMON LAPALMA (M.I.Nº 27.620.963), quien revista como Enfermero (Categoría 3) en el Hospital Provincial “Dr. José María Cullen” de Santa Fe (Carácter 1 - Jurisdicción 50 - Programa 16 - Sub Programa 09 - Fuente de Financiamiento 111 - Inciso 1 - Partida Principal 1 - Partida Sub Parcial 10 - Ubicación Geográfica 63 - Finalidad 3 - Función 10).-

ARTICULO 2º.- Dase intervención a la Dirección General de Administración del Ministerio de Salud a fin de que por su intermedio se practique la liquidación del importe de los haberes que hubiere percibido indebidamente desde el 19 hasta el 30/06/16, el señor DIEGO RAMON LAPALMA (M.I.Nº 27.620.963), cuyos demás datos se mencionan en el artículo anterior, cumplido lo cual se procederá a intimar al mismo para que reintegre el monto respectivo, bajo apercibimiento de promover en su contra las acciones legales correspondientes.-

ARTICULO 3º-“

FDO: ING. ROBERTO MIGUEL LIFSCHITZ - DRA. MARIA ANDREA UBOLDI.-

De acuerdo con lo establecido en la Ley Nº 12071, se hace saber el derecho a interponer recurso en el plazo de diez (10) días hábiles, conforme a la normativa vigente.-

Por otra parte, se notifica al Sr. Lapalma la providencia dictada en fecha 02/10/2018 por la Dirección General de Administración:

INTIMAR para que en el término de QUINCE (15) DIAS de notificada la presente, se proceda al reintegro de la suma de $ 12.256,13 (PESOS DOCE MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y SEIS CON 13/100) en concepto de haberes indebidamente percibidos correspondientes al período 19 al 30 de Junio 2016. Dicho importe deberá ser depositado a la orden de la Tesorería General del Ministerio de Salud en el NUEVO BANCO DE SANTA FE S.A.- Casa Santa Fe, Sucursal 599- Cuenta Corriente Nº 19305/00, Clave Bancaria Uniforme (CBU) Nº 3300599515990019305000. Al cumplimentar con lo solicitado deberá informarlo mediante correo...

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