Notificación
Fecha de Entrada en Vigor | 24 de Marzo de 2018 |
Emisor | Administración Provincial de Impuestos |
Fecha de la disposición | 23 de Enero de 2018 |
NOTIFICACIÓN
Por disposición de la Señora Administradora Regional Rosario, se notifica al contribuyente CAMARGO, ADRIÁN EDUARDO inscripto ante la Administración Provincial de Impuestos con la Cuenta Nº 021-386371-1, CUIT N° 20-14938546-1, con domicilio fiscal en José Hernández 705 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, por EDICTO en el Boletín Oficial que se publica a sus efectos por tres días, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 35 de la Ley 3456 y Modif. (Texto Ord. 2014), la Resolución Nro. 1185-5/17 dictada en autos caratulados Expediente Nro. 13302-0930750-5, “CAMARGO, ADRIÁN EDUARDO” Rosario, 05 de Diciembre de 2017.
VISTO:. ..CONSIDERANDO :RESUELVE:
Conferir vista de las actuaciones como consecuencia de los cargos formulados contra el contribuyente CAMARGO, ADRIÁN EDUARDO inscripto ante la Administración Provincial de Impuestos con la Cuenta N° 021-386371-1, CUIT N° 20-14938546-1, con domicilio fiscal en José Hernández 705 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, con relación al Impuesto sobre los Ingresos Brutos correspondiente a los anticipos 01/2013 a 05/2016, para que en el término de quince (15) días hábiles a partir de la notificación de la presente, se efectúe por escrito el descargo pertinente y se ofrezcan las pruebas que hagan a su derecho.
Instruir sumario al responsable citado en el artículo anterior, por las infracciones materiales prima facie cometidas por el contribuyente en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos correspondiente a los anticipos 01/2013 a 05/2016, derivadas de la omisión de impuesto por bases imponibles declaradas en defecto (art. 87 del Código Fiscal - Ley 3456 t.o. Decreto 4481/14), y por infracción a los Deberes Formales, (art. 78 del Código Fiscal - t.o. Decreto 4481/14 - y Resoluciones Generales A.P.I. N° 21/2014 y N° 05/2015), por incumplimiento a los Requerimientos de fechas 06/07/2016 y 08/09/2016 y por la presentación fuera de término de las declaraciones juradas correspondientes a los anticipos 07 y 10/2015 y 05/2016, conforme se expusiera en los Considerandos de la presente, para que en el término de quince (15) días hábiles de notificada, se formule por escrito el descargo pertinente y se presenten las pruebas que hagan a su derecho.
Hacer saber que, en caso de prestarse conformidad a los cargos formulados en la presente, se deberán presentar...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba