Notificación

Fecha de disposición15 Septiembre 2015
Fecha de publicación15 Septiembre 2015
SecciónVII- AVISOS OFICIALES
Número de Gaceta20150915

DIRECCION PROVINCIAL

DE PROMOCIÓN DE LOS

DERECHOS DE LA NIÑEZ

ADOLESCENCIA Y LA FAMILIA

Por disposición de la Señora Directora Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez Adolescencia y la Familia Santa Fe, en los autos: “S/MEDIDA DE PROTECCIÓN EXCEPCIONAL DE ESCOBAR, ROCÍO Y ESCOBAR, ANÍBAL EDUARDO”, el expediente nº 01503-0002341-9, del registro del sistema de información de expediente (legajo signa nº 8757-8758)-equipo de atención y diagnóstico nodo santa fe; se cita, llama y emplaza a la Sra. Melina Alejandra TORRES, con D.N.I. 29.015.142, con domicilio real desconocido; notificándolo a tal fin que se ha ordenado lo siguiente: Disposicion N° 000139, Santa Fe, “Cuna de la Constitución”, 03 de septiembre de 2015... VISTO... CONSIDERANDO... DISPONE: ARTÍCULO Nº 1: Adoptar Resolución Definitiva de la Medida de Protección Excepcional, conforme a las normativas legales establecidas en la Ley Provincial Nº 12.967 y su correlato en la Ley Nacional Nº 26.061, que tiene por sujetos de protección a la niña ROCIO VANESA ESCOBAR, de 16 años de edad, quien acredita su identidad con el DNI. Nº 40.891.780, nacida el 18 de marzo de 1998; de la cual resultan responsables en el carácter de progenitores, la Sra. Melina Alejandra Torres, quien acredita su identidad con DNI. Nº 29.015.142, domiciliada actualmente en Zona Rural de la localidad de Quirós, Provincia de Catamarca y el Sr. Anibal Rolando Escobar, quien acredita su identidad con DNI. N° 24.570.063 y quien se encuentra privado de su libertad en la Subcomisaría Nº 16 de la localidad de Santo Tomé, Depto. La Capital, Provincia de Santa Fe. Que la Resolución Definitiva de la Medida de Protección Excepcional, tiene por objeto regularizar la situación legal de la niña, continuando con la separación de la convivencia de sus progenitores, quedando la misma alojada en una familia de la comunidad, sugiriendo una guarda en favor de la Sra. Carolina Cayetana Silva, con domicilio en calle Estrada Nº 4963 -Bº San Pantaleón- de la ciudad de Santa Fe.- ARTICULO Nº 2: Establecer que durante el transcurso de la Resolución Definitiva de la Medida de Protección Excepcional, la contención y el abordaje de la problemática social continuarán siendo ejercidos por el Equipo de Atención y Diagnóstico Nodo Santa Fe, dependiente de la Subsecretaría de la Niñez, Adolescencia y Familia Santa Fe, de manera articulada y coordinada con los profesionales convocados a partir de las nuevas estrategias de trabajo planteadas y...

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