Notificación

EmisorDirección Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez Adolescencia y la Familia
Fecha de la disposición 6 de Mayo de 2015

DIRECCION PROVINCIAL DE

PROMOCIÓN DE LOS DERECHOS

DE LA NIÑEZ ADOLESCENCIA

Y LA FAMILIA

Por disposición de la Señora Directora Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez Adolescencia y la Familia Santa Fe, en los autos: 'S/ MEDIDA DE PROTECCIÓN EXCEPCIONAL DE LOS MENORES: SEGOVIA, MARCELO- AYELEN- MIGUEL- LUCAS- GEORGINA Y EZEQUIEL'', el Expediente Nº 01503-0001104-5 del Registro del Sistema de Información de Expediente (Legajo Signa Nº 502,527,528,529,530,531) -Equipo de Atención y Diagnóstico Nodo Santa Fe-; se cita, llama y emplaza al Sr. Juan Carlos SEGOVIA, con D.N.I. N° 18.216.361, con domicilio real desconocido; notificándolo a tal fin que se ha ordenado lo siguiente: Disposicion N° 000059, Santa Fe, “Cuna de la Constitución”, 26 de marzo de 2015... ARTÍCULO Nº 1:Adoptar una Medida de Protección Excepcional, conforme a las normativas legales establecidas en la Ley Provincial Nº 12.967 y su correlato en la Ley Nacional Nº 26.061, que tiene por sujeto de protección a la joven GEORGINA PAOLA SEGOBIA, D.N.I. N° 42.128.132, fecha de nacimiento 19 de diciembre de 1.999, de 15 años de edad; siendo sus progenitores en ejercicio de la patria potestad la Sra. Nancy del Valle Walesberg, D.N.I. N° 24.943.145 y el Sr. Juan Carlos Segobia, D.N.I. N° 18.216.361, ambos domiciliados en calle Santo Domingo Gúzman S/N de la Comuna de Crespo, Provincia de Santa Fe. Que la Medida de Protección Excepcional, tiene por objeto regularizar la situación legal de la joven, y continuar con la separación transitoria de la convivencia de sus progenitores, quedando alojada transitoriamente bajo el Sistema Alternativo de Cuidados Institucionales.- ARTICULO Nº 2: Establecer dicha Medida de Protección Excepcional por el plazo de noventa (90) días, término que comenzará a correr a partir de que dicha medida adoptada, quede firme. Durante el transcurso de la Medida de Protección Excepcional, la contención y el abordaje de la problemática social continuarán siendo ejercidos por el Equipo de Atención y Diagnóstico del Nodo Santa Fe, dependiente de la Subsecretaría de la Niñez, Adolescencia y Familia de la Provincia de Santa Fe de manera articulada y coordinada con los demás profesionales que intervienen en la situación.- ARTICULO Nº 3: Efectuar el procedimiento destinado a la notificación de la adopción de la Medida de Protección Excepcional a las partes interesadas y peticionar el pertinente Control de la Legalidad de la misma por ante el órgano jurisdiccional...

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