Notificacion

EmisorAdministraciã³n Provincial de Impuestos
Fecha de la disposición27 de Junio de 2006

Por disposición de la Señora Administradora Regional Rosario, se notifica a la firma RIZ MARIA FERNANDA, cuenta Nº 021-271444-9, con domicilio fiscal en calle Pedro Lino Funes 190 bis de la ciudad de Rosario y, por EDICTO en el BOLETIN OFICIAL que se publica a sus efectos por cinco días, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 97 del Código Fiscal t.o. 1997, la Resolución Nº 548-5/06 dictada en autos caratulados Expediente Nº 13302-0436451-6 “RIZ MARIA FERNANDA”

Rosario, 3 de Abril de 2006.

VISTO:... CONSIDERANDO:... RESUELVE:

ARTICULO 1º

Determinar de oficio sobre base presunta los reajustes impositivos en concepto de IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS y de oficio sobre base cierta los reajustes impositivos en concepto de APORTES SOCIALES LEY 5110, practicados a la contribuyente RIZ MARIA FERNANDA, Cuenta Nº 021-271444-9, de acuerdo a las liquidaciones obrantes a fs. 59 a 68 del referido Expediente y aplicar las penalidades aconsejadas por la verificación de acuerdo a las disposiciones establecidas por el Art. 45 y 44 del Código Fiscal vigente (T.O. 1997, y sus modificatorias) conforme al Art. 5º de la Resolución General Nº 04/98 y el art. 1º inc. d) de la Resolución General Nº 06/93 respectivamente de conformidad al siguiente detalle:

CONCEPTO Y PERIODOS

DIFERENC.

INTERESES

MULTAS

TOTALES

ADEUDADOS

DE IMPUESTO

Ingresos Brutos (04 a 12/03)

18.807,67

11.330,46

18.254,84

48.390,97

Ingresos Brutos (01 a 12/04)

27.312,07

8.674,67

28.493,95

64.480,69

Ingresos Brutos (01 y 02/05)

5.022,24

868,32

4.874,04

10.764,64

Ap. Soc. - Ley 5110 03 a 12/04

4.424,00

1.284,69

3.034,86

8.743,55

Ap. Soc.- Ley 5110 01 y 02/05

682,43

118,12

468,15

1.268,70

Infracción a los Deberes Formales

300,00

300,00

TOTAL GENERAL

56.248,41

22.276,26

55.423,88

133.948,55

ARTICULO 2º

Requerir a la citada firma, dentro del plazo de 15 (quince) días establecidos por los artículos 49 y 54 del Código Fiscal vigente, el ingreso de la suma de $ 133.948,55 (Pesos: CIENTO TREINTA Y TRES MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y OCHO CON 55/100) conforme a lo detallado en el artículo anterior, sin perjuicio de los intereses por falta de pago en término y de lo establecido por el art. 156 del citado cuerpo legal, en cuanto instituye que se trata de un pago provisorio y a cuenta de la obligación que en definitiva resulte y sin que ello implique enervar de modo alguno las facultades conferidas por este Organismo de aplicación...

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