Notificacion

EmisorDirección Provincial de Vialidad
Fecha de la disposición 4 de Abril de 2008

DIRECCION PROVINCIAL

DE VIALIDAD

En relación a los autos administrativos N° 16101-0075599-4 del Registro del Sistema de Información de Expedientes, caratulados Acta de Constatación de Infracción N° 0974 de fecha 28/04/05 se procede a notificar fehacientemente por este medio conforme lo preceptuado en los artículos 20° inc. e) y 28° del Decreto - N° 10.204/58, al sr. Gustavo Andrés Angulo, con último domicilio conocido en Zona Rural, de la localidad de San Jorge provincia de Santa Fe, de lo establecido en la Resolución N° 2056 dictada el 26 de septiembre de 2005 por el Ingeniero Antonio Grbavac, Administrador General de la Dirección Provincial de Vialidad y que textualmente en su parte pertinente expresa lo siguiente: Visto ... Y Considerando ... Resuelve ... Artículo 1°.- Rechazar el Recurso de Revocatoria interpuesto por los Sres. Norberto Francisco Beltramo y Adrián Norberto Beltramo, por sí y como socios de Norberto y Adrián Beltramo Sociedad de Hecho, mediante apoderados contra el Acta de Infracción N° 974/05, por los motivos invocados y elevar las actuaciones al Ministerio de Obras, Servicios Públicos y Vivienda en virtud de la apelación planteada subsidiariamente, Artículo 2° Intimar al Sr. Angulo, Gustavo Andrés en carácter de conductor con domicilio en Zona Rural, Localidad de San Jorge, Provincia de Santa Fe y al transportista Norberto F. y Adrián N. Beltramo S.H. con domicilio en Bartolomé Mitre 673, de la localidad de San Jorge, Provincia de Santa Fe, para que en el plazo perentorio e improrrogable de 20 (veinte) días de recibida la Presente abonen la suma de $ 4.440,57 (Pesos cuatro mil cuatrocientos cuarenta con 57/100), con más el 1% de interés mensual desde el momento en que se cometió la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR