Aviso Oficial Notifica Sobre Mercaderia en Situacion de Rezago

Fecha de disposición15 Mayo 2007
Fecha de publicación15 Mayo 2007
SecciónPrimera Sección - Legislación y Avisos Oficiales
Número de Gaceta31155

Conforme a lo establecido en el Artículo 2º de las respectivas disposiciones, cada unidad deberá identificarse indicando marca, modelo, Nº de inscripción --según consta seguidamente-- y Nº de fabricación.

Ing. EDGAR DARIO PERRIN, a/c Gerencia de Ingeniería, Comisión Nacional de Comunicaciones.

e. 15/5 Nº 545.589 v. 15/5/2007 SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS En cumplimiento del artículo 32 del Decreto Nº 2183/91, se comunica a terceros interesados la solicitud de inscripción en el Registro Nacional de la Propiedad de Cultivares, de la creación fitogenética de maní (Arachis hypogaea L.) de nombre: UCHAIMA UNRC, obtenida por la Facultad de Agronomía y Veterinaria de la Universidad Nacional de Río Cuarto.

Solicitante: Universidad Nacional de Río Cuarto Representante legal: M. Sc. Oscar Federico Spada Patrocinante: Ing. Agr. Edgardo Zorza.

Fundamentación de novedad: UCHAIMA UNRC, es similar a los cultivares Florunner, Florman INTA y Teguá, se diferencia de estos tres cultivares en: a) Coloración de la corola. UCHAIMA UNRC presenta corolas de coloración 'amarillenta' mientras que Florunner, Florman INTA y Teguá se caracterizan por poseer corolas de color 'anaranjado'. b) Ciclo total: UCHAIMA UNRC: 135,3 días: Florman INTA: 142 días; Florunner: 143,6 días y Teguá: 142 días valores promedio de tres campañas: 2003/ 04; 2004/05 y 2005/06, en Río Cuarto (Córdoba)-. Además, presenta diferencias altamente significativas (p

77,10g; Florman INTA: 59,40g; Florunner: 62,72g y Teguá: 64,61g.

Fecha de verificación de la estabilidad: 25/10/2001.

Se recibirán las impugnaciones que se presenten dentro de los TREINTA (30) días de aparecido este aviso.

Ing. ALBERTO VICTOR AVILA, Director de Contrataciones.

e. 15/5 Nº 544.726 v. 15/5/2007 ADUANA DE RIO GRANDE Se notifica a la persona que abajo se indica, que en el sumario contencioso tramitado ante la Aduana Río Grande, ha recaído la RESOLUCION Nº 011/07 (AD RIOG). Asimismo, se indica a las mismas para que dentro de un plazo de quince (15) días hábiles de publicado el presente, procedan a hacer efectiva las multas y/o tributos detalladas al pie, bajo apercibimiento de proceder a su cobro por vía judicial, en los términos de los artículos 1122, 1123 del C.A., siendo el presente suficiente acto de notificación. Firmado: Cdor. FONT HORACIO MIGUEL, Administrador de la Aduana de Río Grande, sita en la calle 20 de Junio No 450 de dicha ciudad, en la Provincia de Tierra del Fuego. (CP:9420).SA-94- IMPUTADO DOCUMENTO MULTA TRIBUTOS 052/02 ESCOBAR PEDRO EDGARDO DNI 16.367.862 $ 7771,97 $ 3885,99 e. 15/5 Nº 545.814 v. 15/5/2007 ADUANA DE RIO GRANDE Se notifica a las personas que abajo se indican, que en los sumarios contenciosos tramitados ante la Aduana de Río Grande, ha recaído la RESOLUCION 135/04 (AD RIOG) y su aprobatoria RESOLUCION Nº 0860/04 (SDGLTA); RESOLUCION Nº 022/06. Asimismo, se indica a las mismas para que dentro de un plazo de quince (15) días hábiles de publicado el presente, procedan a hacer efectiva las multas y/o tributos detalladas al pie, bajo apercibimiento de proceder a su cobro por vía judicial, en los términos de los artículos 1122, 1123 del C.A., siendo el presente suficiente acto de notificación. Firmado: Cdor. FONT HORACIO MIGUEL, Administrador de la Aduana de Río Grande, sita en la calle 20 de Junio N° 450 de dicha ciudad, en la Provincia de Tierra del Fuego. (CP:9420).SA-49- IMPUTADO DOCUMENTO MULTA TRIBUTOS 016/00 TORRES JUAN CARLOS DNI 18.571.922 $ 2000,00 ------------080/01 PARRACONE FABIAN DNI 22.289.523 $ 8484,45 $ 1696,89 e. 15/5 Nº 545.802 v. 15/5/2007 ADUANA DE ROSARIO La Dirección Nacional de Aduanas, en virtud de lo dispuesto en el Art. 10 de la Ley 25.603, para las mercaderías que se encuentran en la situación prevista en el Art. 417 de la Ley 22.415, comunica por única vez a aquellos que acrediten su derecho a disponer de las mercaderías cuya identificación a continuación se indica, que podrán dentro del plazo de TREINTA (30) días corridos, solicitar alguna destinación autorizada, previo pago de las multas que por derecho correspondieren. Transcurrido el plazo mencionado, el Servicio Aduanero procederá de acuerdo a lo dispuesto en los Arts. 2do., 3ro, 4to. y 5to. de la Ley 25.603, y hasta tanto los titulares conserven su derecho a disponer de las mercaderías, a efectos de solicitar...

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