Notas al pie

AutorAngelina Ferreyra De De La Rúa/Manuel E. Rodríguez Juárez
Páginas238-266
NOTASALPIE
1 P
ALACIO, Lino E., Manual de derecho procesal civil, 15ª ed. act., Abeledo-Perrot, Buenos
Aires, 2000, p. 8.
2 DE LA RÚA, Fernando, Proceso y justicia, Lerner Editores Asociados, Buenos Aires, 1980, p.
76.
3 DE LA RÚA, Fernando, Proceso y justicia, p. 73.
4 COUTURE, Eduardo J., Fundamentos de derecho procesal civil, Depalma, Buenos Aires, 1976,
p. 279.
5 COUTURE, Eduardo J., Fundamentos de derecho procesal civil, p. 285.
6 DE LA RÚA, Fernando, Proceso y justicia, ps. 74 y 75.
7 PALACIO, Lino E., Manual de derecho procesal civil, p. 12.
8 COUTURE, Eduardo J., Fundamentos de derecho procesal civil, p. 288.
9 ALSINA, Hugo, Tratado teórico práctico de derecho procesal civil y comercial, t. I, Ediar,
Buenos Aires, 1963, p. 77.
10 FERNÁNDEZ, Raúl, “La sentencia”, en FERREYRA DE DE LA RÚA, Angelina - GONZÁLEZ DE LA
VEGA DE OPL, Cristina, Código Procesal Civil y Comercial de la Provincia de Córdoba.
Comentado y concordado con los códigos de la Nación y provinciales, La Ley, Buenos Aires,
1999, p. 559.
11 Ibidem, p. 581.
12 Ibidem.
13 FERNÁNDEZ, Raúl, “La sentencia”, en FERREYRA DE DE LA RÚA, Angelina - GONZÁLEZ DE LA
VEGA DE OPL, Cristina, Código Procesal Civil y Comercial de la Provincia de Córdoba.
Comentado y concordado con los códigos de la Nación y provinciales, p. 563.
14 ALSINA, Hugo, Tratado teórico práctico de derecho procesal civil y comercial, t. I, p. 88.
15 FERNÁNDEZ, Raúl, “La sentencia”, en FERREYRA DE DE LA RÚA, Angelina - GONZÁLEZ DE LA
VEGA DE OPL, Cristina, Código Procesal Civil y Comercial de la Provincia de Córdoba.
Comentado y concordado con los códigos de la Nación y provinciales, p. 581.
16 PALACIO, Lino E., Manual de derecho procesal civil, p. 536.
17 REAL ACADEMIA ESPAÑOLA, Diccionario de la lengua española, Espasa-Calpe, Madrid, 1970,
p. 456.
18 CHIOVENDA, José, Principios de derecho procesal civil, t. 1, Reus, Madrid, 1922, p. 94.
19 FERREYRA DE DE LA RÚA, Angelina - GONZÁLEZ DE LA VEGA DE OPL, Cristina, Código Procesal
Civil y Comercial de la Provincia de Córdoba. Comentado y concordado con los códigos de la
Nación y provinciales, La Ley, Buenos Aires, 1999, p. 625.
20 ALSINA, Hugo, Tratado teórico práctico de derecho procesal civil y comercial, t. I, p. 493.
21 CHIOVENDA, José, Principios de derecho procesal civil, p. 55.
22 FORNACIARI, Mario A., Modos anormales de terminación del proceso, t. 1, Depalma, Buenos
Aires, 1987, p. 11.
23 FORNACIARI, Mario A., Modos anormales de terminación del proceso, t. 1, p. 2.
24 COLOMBO, Carlos J., Código Procesal Civil y Comercial de la Nación. Anotado y comentado,
t. II, Abeledo-Perrot, Buenos Aires, 1964, p. 169.
25 ALSINA, Hugo, Tratado teórico práctico de derecho procesal civil y comercial, t. I, p. 488.
26 FERREYRA DE DE LA RÚA, Angelina - GONZÁLEZ DE LA VEGA DE OPL, Cristina, Código Procesal
Civil y Comercial de la Provincia de Córdoba. Comentado y concordado con los códigos de la
Nación y provinciales, p. 626.
27 ALSINA, Hugo, Tratado teórico práctico de derecho procesal civil y comercial, t. I, p. 496.
28 REAL ACADEMIA ESPAÑOLA, Diccionario de la lengua española, p. 336.
29 COUTURE, Eduardo J., Fundamentos de derecho procesal civil, p. 511.
30 FERREYRA DE DE LA RÚA, Angelina - GONZÁLEZ DE LA VEGA DE OPL, Cristina, Lineamientos
para un proceso civil moderno, Ediar, Buenos Aires, 1997, p. 124.
31 REAL ACADEMIA ESPAÑOLA, Diccionario de la lengua española, p. 1286.
32 FORNACIARI, Mario A., Modos anormales de terminación del proceso, t. 2, p. 1.
33 ALSINA, Hugo, Tratado teórico práctico de derecho procesal civil y comercial, t. I, p. 503.
34 El presente tema ha sido elaborado sobre la base del libro Perención de instancia, del Dr.
Mario PERRACHIONE, Alveroni Ediciones, Córdoba, 2002.
35 Es una redundancia decir lapso de tiempo, porque el lapso sólo puede ser de tiempo.
36 PERRACHIONE, Mario, Perención de instancia.
37 PERRACHIONE, Mario, Perención de instancia.
38 ARBONÉS, Mariano, “Clases magistrales”, citado por PERRACHIONE, Mario, Perención de
instancia.
39 ARBONÉS, Mariano, “Clases magistrales”, citado por PERRACHIONE, Mario, Perención de
instancia.
40 PERRACHIONE, Mario, Perención de instancia.
41 Las líneas generales de este tema han sido tomadas de la tesis doctoral de la Dra. Cristina
GONZÁLEZ DE LA VEGA DE OPL publicada en FERREYRA DE DE LA RÚA, Angelina - GONZÁLEZ DE
LA VEGA DE OPL, Cristina, Lineamientos para un proceso civil moderno.
42 Tesis doctoral de la Dra. Cristina GONZÁLEZ DE LA VEGA DE OPL incorporada en FERREYRA
DE DE LA RÚA, Angelina - GONZÁLEZ DE LA VEGA DE OPL, Cristina, Lineamientos para un
proceso civil moderno.
43 FERREYRA DE DE LA RÚA, Angelina - GONZÁLEZ DE LA VEGA DE OPL, Cristina, Lineamientos
para un proceso civil moderno, p. 296.
44 FERREYRA DE DE LA RÚA, Angelina - GONZÁLEZ DE LA VEGA DE OPL, Cristina, Lineamientos
para un proceso civil moderno, p. 305.
45 WILDE, Zulema - GAIBROIS, Luis M., Qué es la mediación, Abeledo-Perrot, Buenos Aires,
1994, p. 47.
46 FERREYRA DE DE LA RÚA, Angelina - GONZÁLEZ DE LA VEGA DE OPL, Cristina, Lineamientos
para un proceso civil moderno, p. 297.
47 FERREYRA DE DE LA RÚA, Angelina - GONZÁLEZ DE LA VEGA DE OPL, Cristina, Lineamientos
para un proceso civil moderno, p. 301.
48 FERREYRA DE DE LA RÚA, Angelina - GONZÁLEZ DE LA VEGA DE OPL, Cristina, Lineamientos
para un proceso civil moderno, p. 303.
49 FERREYRA DE DE LA RÚA, Angelina - GONZÁLEZ DE LA VEGA DE OPL, Cristina, Lineamientos
para un proceso civil moderno, p. 304.
50 FERREYRA DE DE LA RÚA, Angelina - GONZÁLEZ DE LA VEGA DE OPL, Cristina, Lineamientos
para un proceso civil moderno, p. 307.
51 Conf. art. 5º del decreto reglamentario 1021/95. En idéntico sentido Mariano ARBONÉS,
“Mediación: ¿alternativa de emergencia o solución de fondo? Análisis de aspectos
fundamentales del sistema de ‘mediación’ instituido por ley 25.473 y su decreto reglamentario
1021/95”, en Semanario Jurídico, t. 74, 1996-A-349.
52 ARBONÉS reafirma la idea al explicitar que “la obligatoriedad provisoria como solución
ecláctica posiblemente ha sido establecida para darle tiempo a decantar o bien a desaparecer
por desuetudo, cuando venza dicho lapso. Claro que como estamos acostumbrados a que la
legislación de emergencia adquiere carácter de perpetuidad, no son infundados los temores de
una prórroga sine die [...]” (“Mediación: ¿alternativa de emergencia o solución de fondo?

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