Nota Externa 64/2009

Fecha de disposición17 Julio 2009
Fecha de publicación17 Julio 2009
SecciónPrimera Sección - Legislación y Avisos Oficiales
Número de Gaceta31696

Oficina Nº 5648, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Firmado: Lic. Cecilia Graciela SILVESTRO, Jefa (Int.), Sección Jubilaciones, División Beneficios.

e. 17/07/2009 Nº 59044/09 v. 21/07/2009 ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS 8/7/2009

La Administración Federal de Ingresos Públicos cita por diez (10) días a parientes del ex agente fallecido Jorge Ricardo FORNES (D.N.I. Nº 4.432.162), alcanzados por el beneficio establecido en el artículo 26 del Convenio Colectivo de Trabajo --primera parte-- Acta Acuerdo Nº 1/08, para que dentro de dicho término se presenten a hacer valer sus derechos en HipólitoYrigoyen Nº 370, 5º Piso,

Oficina Nº 5648, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Firmado: Lic. CECILIA GRACIELA SILVESTRO, Jefa (Int.), Sección Jubilaciones, División Beneficios.

e. 17/07/2009 Nº 59055/09 v. 21/07/2009 ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS DIRECCION GENERAL DE ADUANAS Nota Externa Nº 64/2009

Determinación del valor imponible en la exportación de gas.

Bs. As., 14/7/2009

VISTO la Resolución del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION Nº 127 del 10 de marzo de 2008, modificatoria de la Resolución Nº 534 del 14 de julio de 2006, por la que se instruyó a la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, para que aplique como base de valoración de las exportaciones de gas natural el precio fijado para esta mercadería por el CONVENIO MARCO ENTRE LA REPUBLICA ARGENTINA Y LA REPUBLICA DE BOLIVIA PARA LAVENTA DE GAS NATURALY LA REALIZACION DE PROYECTOS DE INTEGRACION ENERGETICA, suscripto el 29 de junio de 2006.

Que para mantener abastecido el mercado y permitir la continuidad en la exportación del fluido a países limítrofes, el MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION ha manifestado que se ha hecho necesario formalizar nuevos contratos de importación de gas natural, circunstancia en virtud de la cual surgen nuevos precios aplicables como bases de valoración.

Que en ese orden y dadas las diferencias de precios de importación del gas natural, dicho MINISTERIO concluye que resulta apropiado tomar en consideración el precio que resulte mayor según las variaciones que se vayan produciendo.

Que esta DIRECCION GENERAL DE ADUANAS ha dictado oportunamente la Nota Externa DGA - Nº 22 del 24 de agosto de 2005 --Exportaciones de Gas por Ductos-- a través de la cual se instruyó a las áreas de valoración a formular los cargos correspondientes cuando el precio declarado no constituye una base idónea de valoración a los fines...

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