Nota Externa 47

EmisorCitaciones y Notificaciones, Concursos y Quiebras, Otros
Fecha de la disposición10 de Julio de 2008

ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS DIRECCION GENERAL DE ADUANAS Nota Externa Nº 47/2008

Resolución (ONCCA) N° 1487/08. Metodología para el cálculo de los derechos de exportación.

Bs. As., 7/7/2008

VISTO la Resolución Nº 1487 del 26 de junio de 2008, de la Oficina Nacional de Control Comercial Agropecuario, dictada en el marco de lo dispuesto por la Ley Nº 26.351, el Decreto Nº 764 del 12 de mayo de 2008, las Resoluciones (ONCCA) Nos. 543 del 28 de mayo de 2008 y 912 del 18 de junio de 2008 y la Ley Nº 22.415 y sus modificaciones, y CONSIDERANDO:

Que a través de la Resolución (ONCCA) Nº 1487/08 publicada en el Boletín Oficial de la República Argentina del 30 de junio de 2008, la Oficina Nacional de Control Comercial Agropecuario comunicó a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) las Declaraciones Juradas de Ventas al Exterior que no han acreditado la adquisición o tenencia de la mercadería registrada, en los términos de la Ley Nº 26.351 y su Decreto Reglamentario Nº 764/08.

Que en virtud de las facultades conferidas por el Artículo 9º, Apartado 2, Inciso a) del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997, corresponde establecer los lineamientos para el cálculo de los derechos de exportación correspondientes.

Que a tales efectos el Servicio Aduanero inició también las investigaciones tendientes a constatar la veracidad de las bases imponibles aplicables a la fecha en que se perfeccionaron los Contratos de Compraventa, mediante la presentación de documentación a satisfacción del citado Servicio.

  1. Para las Destinaciones de Exportación para Consumo cuyas mercaderías hayan sido libradas con anterioridad a la entrada en vigencia de la presente Nota Externa.

    A.1. La Dirección de Gestión de Riesgo, dependiente de la Subdirección General de Control Aduanero, transmitirá por medios electrónicos, a todas las Aduanas del país en donde se hayan registrado operaciones de exportación vinculadas a las Declaraciones Juradas de Venta al Exterior (DJVE) descriptas en el Anexo I de la Resolución (ONCCA) Nº 1487/08, el detalle del número correspondiente al registro informático de las mismas en el Sistema Informático MARIA (SIM) y el de la o las Destinaciones de Exportación para Consumo asociadas a éstas.

    A.2. De conformidad con las disposiciones de la Resolución General (AFIP) Nº 1256, modificada por su similar Nº 1365, mediante la transacción 'Consulta de la DJVE' (MCONDJVI1), el Servicio Aduanero podrá visualizar, entre otros datos, la...

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