Nota Externa 76/2008

Fecha de disposición09 Septiembre 2008
Fecha de publicación09 Septiembre 2008
SecciónPrimera Sección - Legislación y Avisos Oficiales
Número de Gaceta31485

Por ello,

EL INTERVENTOR EN EL COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION RESUELVE:

ARTICULO 1º

Adjudícase al señor Raúl Omar MOREIRA (D.N.I. Nº 13.273.553), una licencia para la instalación, funcionamiento y explotación de una estación de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia Categoría E, que operará en el Canal 273, frecuencia 102.5 MHz, identificada con la señal distintiva. 'LRF772', de la localidad de RIO GRANDE, provincia de TIERRA DEL FUEGO, ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLANTICO SUR, de acuerdo con lo establecido por el artículo 4º del Decreto Nº 310/98, modificado por el Decreto Nº 883/01 y reglamentado por Resolución 124-SG/02, modificada por sus similares Nros. 215-SG/04 y 672-SG/06, conforme lo expuesto en los considerandos de la presente.

ARTICULO 2º

La licencia otorgada abarcará un período de QUINCE (15) años contados a partir del inicio de las transmisiones, la que podrá ser prorrogada por única vez y a solicitud del licenciatario por DIEZ (10) años, conforme los términos del artículo 41 de la Ley Nº 22.285 y 9 del Decreto Nº 310/98, modificado por su similar Nº 883/01.

ARTICULO 3º

Otórgase un plazo de CIENTO VEINTE (120) días corridos contados a partir de la publicación de la presente, para que el licenciatario envíe la documentación técnica detallada en el Título V del Pliego de Bases y Condiciones Generales y Particulares.

ARTICULO 4º

El monto de la garantía de cumplimiento de las obligaciones emergentes de la presente adjudicación a que hace referencia el artículo 16.1 del Pliego de Bases y Condiciones, asciende a la suma de PESOS OCHO MIL DOSCIENTOS CINCUENTA ($ 8.250), debiendo el depósito constituirse en la modalidad y plazos prescriptos en el referido pliego.

ARTICULO 5º

Establécese que dentro de los TRESCIENTOS SESENTA Y CINCO (365) días corridos de publicada la presente, la estación deberá estar instalada acorde con el proyecto aprobado e iniciar sus emisiones regulares, previa autorización de este COMITE FEDERAL, de conformidad con lo previsto por el artículo 16.5 del Pliego de Bases y Condiciones en las condiciones y bajo el apercibimiento establecido en el inciso 16 in fine.

ARTICULO 6º

Regístrese, notifíquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y cumplido ARCHIVESE. -- Lic. JUAN G. MARIOTTO, Interventor, Comité Federal de Radiodifusión.

e. 09/09/2008 Nº 9185/08 v. 09/09/2008 ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS DIRECCION GENERAL DE ADUANAS Nota Externa 76/2008

Publicación de Valores Criterio de carácter preventivo.

Bs. As., 5/9/2008

VISTO la Actuación SIGEA Nº 13707-82-2008 y la Resolución General Nº 1907 por la que se prevé que la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS comunicará los valores criterio de carácter precautorio, establecidos para enfrentar la evasión fiscal y combatir las prácticas de subfacturación en la importación de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR