Nota Del Director
Autor | Carlos Correa |
Cargo | Director |
Páginas | 7-9 |
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NOTA DEL DIRECTOR
Los estándares para determinar la patentabilidad de una invención cons-
tituyen aspectos clave de todo régimen de patente. Conjuntamente con la
definición de qué constituye una invención, esos estándares son los que
abren las puertas para que un solicitante pueda beneficiarse del monopolio
legal que una patente otorga.
Una vasta literatura ha examinado el relajamiento de los estándares de
patentabilidad que ha tenido lugar en las últimas décadas en algunos países,
notablemente en los Estados Unidos tras la creación de una instancia federal
de apelaciones especializada en el área de la propiedad intelectual. Así, el
elevado estándar aplicado por la Corte Suprema de ese país en los años 40
se convirtió gradualmente en un tenue requisito que permitió el patentamiento
de miles de desarrollos (de carácter técnico o simplemente útiles) carentes de
altura inventiva. En diversos grados, la misma práctica se extendió a otros
países, en parte como resulta do de la asistenc ia téc nica p restada por la
Organización Mundial de la Propiedad Intelectual.
Efectos visibles del relajamiento apuntado han sido la proliferación de
patentes en el sector farmacéutico, de la agro-biotecnología, las tecnologías
de la información y otros sectores. La laxitud en el examen de patentes
condujo a la creación de “marañas de patentes” (patent thickets) y a la es-
trategia conocida como de “reverdecimiento” (evergreening) mediante la
cual las empresas farmacéuticas, en particular, procuran extender (mediante
la protección de derivados, formulaciones, sales, formas cristalinas, etc.) el
plazo de la exclusividad otorgada por la patente inicial sobre un medicamento.
Estas prácticas crean obstáculos para el funcionamiento normal del mercado
de medicamentos; en algunos casos, constituyen abusos condenables bajo
la legislación de defensa de la competencia.
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