Nota de la dirección
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NOTA DE LA DIRECCIÓN
Entre los numerosos temas actuales de interés para nuestra Revista, este
número ha optado por abordar cuestiones poco exploradas en la literatura
(especialmente en español) que son de particular relevancia tanto desde el
punto de vista académico como legislativo y profesional.
La regulación y protección por propiedad intelectual de los productos
biotecnológicos es uno de los temas centrales de este número. La biotecno-
logía moderna ha abierto una amplia gama de oportunidades en los más di-
versos campos, incluyendo los productos farmacéuticos y los insumos para
la agricultura.
La circunstancia que los productos biotecnológicos se originan o consisten
en organismos vivos, ha planteado nuevos retos regulatorios a los que el de-
recho ha dado respuesta de manera gradual pero aún no definitiva. Así, en
el campo de la propiedad intelectual la legislación y jurisprudencia han
debido resolver cuestiones complejas relacionadas con el patentamiento de
secuencias genéticas, células, proteínas, organismos vivos (uni o multice-
lulares), etc., así como el alcance de la protección conferida por patentes
sobre información genética (como en el caso Monsanto relativo a harina de
soja argentina decidido por la Corte de Justicia Europea).
Un ejemplo de la evolución que ha sufrido la propiedad intelectual en
esta materia es el giro radical en relación con la patentabilidad de ADN
aislado que generó una sentencia de la Corte Suprema de los Estados Unidos
(en el caso Myriad Genetics). No obstante los centenares de patentes con-
cedidas en ese país bajo el argumento de que un ADN aislado escapaba a la
objeción de no patentabilidad (por no tratarse de un elemento ‘natural’), ese
tribunal desestimó la patentabilidad del ADN como tal. Otro ejemplo de esa
evolución es la flexibilización del requisito de suficiencia descriptiva para
02.Nota del Director - R12-Q16.qxp_Maquetación 1 8/4/19 5:05 p.m. Página 7
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