NOLBERTO MAXIMILIANO ALVES COSTA

Fecha de disposición23 Noviembre 2018
Fecha de publicación23 Noviembre 2018

TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL -CORRIENTES

EDICTO: Por disposición de S. Sa. el Señor Juez de Ejecución ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Corrientes, Dr. FERMIN AMADO CEROLENI, se ha ordenado la publicación en el Boletín Oficial, por el termino de cinco (5) días, de lo dispuesto en la Sentencia Nº 55 de fecha 09 de Octubre de 2018, en la causa Nº FCT 6979/2016/TO1, caratulada "ALVEZ COSTA, Maximiliano - ROTELA, Gladis Beatriz - VALDEZ, Delio Mauricio S/ Infracción Ley 23.737", respecto a NOLBERTO MAXIMILIANO ALVES COSTA, D.N.I. Nº 34.539.969, de nacionalidad Argentina, de estado civil soltero, instruido, empleado de comercio, de 28 años de edad, nacido el 29 octubre de 1989, en la ciudad de Eldorado, provincia de Misiones, domiciliado en el barrio "Gruber", calle Puerto Argentino Nº 125 de la ciudad de su nacimiento; hijo de Francisco y de Gladis Beatriz Rotela, la que dispone: "SENTENCIA Nº 55. CORRIENTES, 09 de Octubre de 2018.- Y VISTOS: Por los fundamentos que instruye el Acuerdo precedente; SE RESUELVE: 1º) \u2026 2º) CONDENAR a NOLBERTO MAXIMILIANO ALVES COSTA, D.N.I. Nº 34.539.969, ya filiado en autos, a la pena de seis (6) años de prisión, y multa mínima legal prevista, de pesos setenta y seis mil quinientos ($ 76.500,00), equivalente a cuarenta y cinco unidades fijas (Ley Nº 27302), la que deberá deducirse de la suma de pesos diez mil trescientos cincuenta y ocho ($ 10.358,00); así como la de veintiséis (26) reales Brasileros y dos (2) dólares Estadounidenses; secuestrados en autos, debiendo hacerse efectiva en el término de treinta (30) días de quedar firme la presente, como autor penalmente responsable del delito previsto y reprimido por el artículo 5 inciso c) de la Ley 23.737, en la modalidad "transporte de estupefacientes", con la agravante establecida por el artículo 11 inciso c) del citado cuerpo normativo, con costas (artículos 40, 41 y 45 del Código Penal y artículos 530, 531 y 533...

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