NODOS ROSARIO Y VENADO TUERTO NOTIFICATORIO DE MEDIDA DE PROTECCIÓN EXCEPCIONAL

Fecha de publicación29 Enero 2019
Fecha31 Enero 2019
Número de registro27626
EmisorDIRECCIÓN PROVINCIAL DE PROMOCIÓN DE LOS DERECHOS DE LA NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA -2DA CIRCUNSCRIPCIÓN-

Por Disposición Administrativa N° 53/19 de fecha 24 de enero de 2019, la Directora Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia de los Nodos Rosario y Venado Tuerto, Provincia de Santa Fe, dentro de los legajos administrativos N° 13.014 y 13.035 referenciados administrativamente como “ESTEFANIA MIA IBAÑEZ, DNI: 52.607.407 y MAICOL LOVRETA s/ Medida de Proteccion Excepcional” que tramitan por ante el equipo interdisciplinario Tres perteneciente a la Dirección Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia de los Nodos Rosario y Venado Tuerto, sírvase notificar por este medio al SR. HERNAN GASTON IBAÑEZ – DNI: 35.588.121, que se ha dictado el acto administrativo cuya parte resolutiva se transcribe seguidamente: “Rosario, 24 de enero de 2019. DISPOSICIÓN N° 53/19. VISTOS...CONSIDERANDO...DISPONE: 1.- DICTAR el ACTO ADMINISTRATIVO de Medida de Protección Excepcional de Derechos en relación a los niños ESTEFANIA MIA IBAÑEZ, DNI: 52.607.407, nacida en fecha 28/01/13 y MAICOL LOVRETA, DNI no inscripto, nacido en fecha 09/08/18, ambos hijos de la Sra. Noelia Soledad Biancuchi, DNI: 37.901.119, con domicilio en la calle Pasaje Saenz N.º 5021 de la ciudad de Rosario. En tanto, la niña de apellido Ibañez es hija además del Sr. Hernán Gastón Ibañez, DNI: 35.588.121, con domicilio desconocido, consistente en la separación temporal de los niños de su centro de vida, y su permanencia temporal en un Centro Residencial dependiente del Sistema de Protección Excepcional; por un plazo de 90 días, sin perjuicio de prórroga de acuerdo a lo establecido en el art 52 inc. B de la Ley Provincial Nº 12.967, su modificatoria Ley Nª 13.237 y su respectivo Decreto Reglamentario.- 2.- NOTIFICAR dicha Medida Excepcional a los representantes legales de los niños.- 3.- DISPONER notificar la adopción de lo resuelto y solicitar el control de legalidad, al Tribunal Colegiado de Familia interviniente, una vez agotado el procedimiento recursivo previsto en el art 62 de la Ley nº 12.967.- 4.- OTORGUESE el trámite correspondiente, regístrese, notifíquese a las partes interesadas y al órgano jurisdiccional competente y oportunamente ARCHIVESE.- Fdo. Aguilera Claudia, titular de la Dirección Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia.- Se transcriben a continuación los arts. pertinentes de la ley Nº 12.967 y Dto 619/10, HACIENDOLE SABER QUE CUENTA CON LA POSIBILIDAD DE SER ASISTIDO POR ABOGADA/O DE SU...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR