NN: N.N. Y OTROS s/USURPACION (ART.181 INC.1) DENUNCIANTE: ZAPANA NESTOR EMILIO, APODERADO EMPRESA GREEN S.A.
Número de expediente | FTU 021678/2018/CA001 |
Fecha | 04 Abril 2022 |
21678/2018 - NN: N.N. Y OTROS s/USURPACION (ART.181 INC.1) DENUNCIANTE:
Z.N.E., APODERADO EMPRESA GREEN S.A.
Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE TUCUMAN
S. M. de Tucumán, de 2022.
AUTOS Y VISTOS: Para resolver el recurso de apelación interpuesto en contra de la sentencia de fecha 27 de septiembre de 2021; y CONSIDERANDO:
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Que vienen las presentes actuaciones a estudio de la Proveyente en virtud del recurso de apelación interpuesto a fojas 363/364 por la defensa técnica de P.F.M., contra la sentencia de fecha 27 de septiembre de 2021 del señor juez titular del Juzgado Federal N° 2 de esta provincia, por la cual declaró la incompetencia de la justicia federal para entender en causa.
La parte apelante expresó agravios a fs. 373/375,
donde cuestionó la sentencia y solicitó se la revoque por ser arbitraria, ya que el juez a quo decidió concluir -de forma prematura- que los terrenos sobre los cuales versa la acción no son parte del Estado Nacional, toda vez que hay elementos agregados a la causa que llevan a la duda sobre esa titularidad (de fojas 337 y 338).
En esa línea, dijo que tanto el Fiscal, como el Juez hicieron una interpretación literal del artículo 33 del CPPN, sin Fecha de firma: 04/04/2022
Alta en sistema: 06/04/2022
Firmado por: M.C., JUEZ DE CAMARA
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Firmado por: M.D., SECRETARIO DE CAMARA
21678/2018 - NN: N.N. Y OTROS s/USURPACION (ART.181 INC.1) DENUNCIANTE:
Z.N.E., APODERADO EMPRESA GREEN S.A.
Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE TUCUMAN
adecuar la interpretación a los hechos del caso y a la necesidad de tutela judicial efectiva.
Así, en base a lo manifestado, sostuvo que la sentencia no satisface la exigencia de fundamentación de las decisiones judiciales prevista en el art. 123 del código de rito, ni los requisitos exigidos por el artículo 308 del mismo cuerpo legal.
Citó doctrina y jurisprudencia en sostén de sus argumentaciones e hizo reserva de caso federal.
Notificado en forma el señor Fiscal General (fs. 370
vta.), no emitió opinión.
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Previo resolver, corresponde tener presente que las actuaciones se iniciaron a raíz de la denuncia de fs. 9, por la supuesta ocupación del sector de la Ruta Nacional N° 38 Km 707,
que afectó una superficie de 5000 mts2. Radicadas las actuaciones en Juzgado, se dispuso delegar la investigación al Sr. Fiscal Federal N° 1, conforme lo normado en el Art 196 bis del C.P.P.N.
En base a la información recolectada, atento al requerimiento fiscal, se ordenó la citación indagatoria de todos los supuestos ocupantes del predio. Al momento de prestar declaración indagatoria E.A.F. (fs. 84/85), manifestó haber comprado en cuotas el terreno a P.F.M., quien lo habría amenazado de muerte por negarse a pagar lo pactado en virtud de haberse enterado que las tierras que ocupaba pertenecían al...
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