Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de La Plata - CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA I - SECRETARIA PENAL, 19 de Noviembre de 2020, expediente FLP 054006390/2011

Fecha de Resolución19 de Noviembre de 2020
EmisorCAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA I - SECRETARIA PENAL

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA I

FLP 54006390/2011/CA2

Plata, 19 de noviembre de 2020.-

AUTOS Y VISTOS: Para resolver en la presente causa registrada bajo el Nº FLP 54006390/2011 (9515/I), caratulada: “N.N y otros sobre instigación a cometer delito”, procedente del Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional de Lomas de Zamora N° 2;

Y CONSIDERANDO QUE:

EL JUEZ L.A. DIJO:

  1. Llegan los autos a este Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto a fojas 489/499 por el Defensor Púbico Coadyuvante, doctor P.R., en representación de J.M.V.

    -querellante-, contra la resolución de fojas 483/488, en tanto dispuso el sobreseimiento de D.H. y W.L., en orden a los hechos por los que fueron investigados. Dicho recurso no fue informado y no cuenta con la adhesión del F. General ante esta Cámara, doctor J.A.P. (v. fojas 509). A su turno, a fojas 512/518 los doctores M.S.G. y P.C., en representación de los nombrados H. y L., propusieron la inadmisibilidad del recurso planteado.

  2. A través de los agravios esgrimidos, el doctor P.R. plantea que la resolución padece de evidentes defectos de fundamentación y que la valoración de los elementos probatorios resulta arbitraria en tanto entiende que se omitió contextualizar los hechos objeto de pesquisa.

    Por su parte, propone la aplicación subsidiaria del artículo 248

    del Código Penal para que la conducta intimada sea subsumible en otra figura penal.

    Efectúa reserva del caso federal.

  3. Se investiga en estos actuados la presunta maniobra ocurrida el día 23 de agosto de 2011, por la cual D.H. y W.L., en calidad de agentes penitenciarios, habrían instigado a través de supuestas órdenes dirigidas a la población carcelaria del Complejo Penitenciario Federal N° … de … a que atenten contra la vida del interno J.M.V..

    Fecha de firma: 19/11/2020

    Firmado por: CESAR ALVAREZ, JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: R.A.L.A., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: L.A.D., SECRETARIO DE CAMARA

  4. En primer lugar, no debe compartirse la posición de la asistencia letrada de los imputados en autos -D.H. y W.L.-, en cuanto a la inadmisibilidad del recurso, puesto que como bien luce a fojas 504/505 y vta., la gestión fue oportunamente ratificada por el querellante, razón por la cual la concesión de primera instancia debe ser sostenida, conforme lo prevé el artículo 444 del Código Procesal Penal de la Nación.

  5. Analizada la cuestión traída a estudio, la lectura del fallo apelado...

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