Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de San Martín - CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA II - SECRETARIA PENAL 4, 2 de Diciembre de 2019, expediente CFP 002460/2019/CA001

Fecha de Resolución 2 de Diciembre de 2019
EmisorCAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA II - SECRETARIA PENAL 4

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA II - SEC PENAL N°4 Causa n° 8163 - CFP 2460/2019/CA1 “NN: N.N. s/FALSIFICACION DOCUMENTACION AUTOMOTOR DENUNCIANTE: BALBO, R.G. Y OTRO”

Reg. N°: 8718 San Martín, 2 de diciembre de 2019.-

VISTOS

Y CONSIDERANDO:

Convoca la intervención del Tribunal la contienda negativa de competencia suscitada entre el Juzgado en lo Criminal y Correccional Federal N° 1 de San Isidro y su par de Tres de Febrero (Fs. 45Vta., 48Vta./49Vta. y 50Vta./55).

L., corresponde señalar que la presente causa se inició el día 19 de marzo del año en curso con motivo de la denuncia promovida por el titular del Registro Nacional de la Propiedad Automotor y Créditos Prendarios Nro. 21 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Fs. 1/2) a partir de haberse detectado irregularidades en el trámite de transferencia del rodado dominio JKG-758 presentado por la mandataria L.N.P., estableciéndose a la postre que la certificación de firmas del formulario 08 presentado habría sido confeccionado en la escribanía de la notaria M.A.M., sita en la localidad de San Fernando.

Fecha de firma: 02/12/2019 Alta en sistema: 11/12/2019 Firmado por: MARCOS MORAN, JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: P.J.F., PROSECRETARIO DE CAMARA #33291578#246746999#20191203123606939 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA II - SEC PENAL N°4 Causa n° 8163 - CFP 2460/2019/CA1 “NN: N.N. s/FALSIFICACION DOCUMENTACION AUTOMOTOR DENUNCIANTE: BALBO, R.G. Y OTRO”

Reg. N°: 8718 Tales actuaciones quedaron radicadas inicialmente ante el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N° 12, sede que declinó su competencia en razón del territorio en favor de Juzgado Federal Nro. 1 de San Isidro, con fundamento en que el lugar donde se confeccionó el documento público cuestionado -formulario 08- fue en la aludida escribanía (Fs. 36/37).

A su turno, la titular del Juzgado Federal N° 1 de San Isidro, luego de certificar que en el marco del expediente FSM 5952/2016, del registro del Juzgado Federal de Tres de Febrero se encontraba imputada la notaria M.A.M., dispuso la remisión del expediente a dicho tribunal para la prosecución de su trámite en razón de la conexidad subjetiva existente (Art. 41 inc. 3° y 42 inc 1° CPPN).

Sin embargo, dicha magistratura no aceptó la competencia atribuida y devolvió el expediente al Tribunal declinante, quien mantuvo lo dispuesto a Fs. 45Vta./46 y dio por Fecha de firma: 02/12/2019 Alta en sistema...

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