Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de San Martín - CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA I - SECRETARIA PENAL 3, 31 de Mayo de 2019, expediente FSM 149839/2018/CA002

Fecha de Resolución31 de Mayo de 2019
EmisorCAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA I - SECRETARIA PENAL 3

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA I-SEC. PENAL N° 3 Causa N° 149839/2018/CA2 (8958), C.: “N.N. Y OTROS s/SECUESTRO EXTORSIVO”, del Juzgado Federal de Tres de Febrero, Secretaria Nº 3.

Registro de Cámara: 8916 M., 31 de mayo de 2019.

VISTOS

Y CONSIDERANDO:

  1. Llegan las presentes actuaciones a conocimiento de la Sala, en virtud del recurso de apelación interpuesto por la defensa oficial de J.N.C., contra el auto que dispuso su procesamiento por considerarlo prima facie coautor del delito de secuestro extorsivo, agravado por mediar violencia e intimidación mediante armas de fuego, por haberse cobrado el rescate y por haber sido cometido por tres o más personas, en concurso real con los delitos de privación ilegal de la libertad agravada por su comisión con violencia e intimidación mediante armas de fuego y robo doblemente agravado por su comisión con arma de fuego apta para el disparo y en lugar poblado y en banda, estos dos últimos, en concurso ideal entre sí, de conformidad con lo previsto y reprimido en los artículos 170, primer párrafo, segunda parte e inciso 6°, 142, inciso 2°, 166, inciso 2° y 167, inciso 2°, en función del 164 del Código Penal (Cfr. Fs. 1229/35 y 1237/38Vta.).

  2. A esta altura, en atención a la naturaleza de la crítica en que se pretende hacer reposar parte de los agravios, resulta oportuno destacar lo ya señalado por la Sala al intervenir anteriormente en estos obrados, en relación a que en este tipo de evento delictivo es necesaria la valoración de la prueba en forma general, ya que la incertidumbre que pueda caber -1-

    Fecha de firma: 31/05/2019 Firmado por: M.D.F., Firmado por: M.M. Firmado(ante mi) por: C.G.B., SECRETARIO DE CAMARA #32478689#235578571#20190531133810750 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA I-SEC. PENAL N° 3 Causa N° 149839/2018/CA2 (8958), C.: “N.N. Y OTROS s/SECUESTRO EXTORSIVO”, del Juzgado Federal de Tres de Febrero, Secretaria Nº 3.

    Registro de Cámara: 8916 mediante el examen apartado de cada una, podrá superarse a través de la evaluación conjunta. En ese sentido, se ha pronunciado el más alto Tribunal de Justicia de la Nación, al sostener que la eficacia de todas esas presunciones, a los fines que se invocaron, dependían de la evaluación conjunta que se hiciera de ellas, teniendo en cuenta su diversidad, correlación y concordancia, pero no de su tratamiento particular, pues, por su misma naturaleza, cada una, por sí sola, no puede fundar aisladamente ningún juicio convictivo, sino que éste deriva, precisamente, de la pluralidad.

    De este modo, delitos como los de autos, poseen como característica...

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