Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de La Plata - CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA II - SECRETARIA PENAL, 1 de Agosto de 2017, expediente FLP 044174/2016/CA001

Fecha de Resolución 1 de Agosto de 2017
EmisorCAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA II - SECRETARIA PENAL

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA II FLP 44174/2016/CA1 La Plata, 1 de agosto de 2017.

VISTAS: las presentes actuaciones FLP 44174/2016/CA1 (reg. int. 8676) “NN s/supresión del Est. C.. de un menor (art. 139 inc.

2) según texto original del C.P. Ley 11.179”, procedente del Juzgado Federal n° 1 de Lomas de Zamora.

Y CONSIDERANDO:

  1. Llegan estas actuaciones a la Alzada en virtud del recurso de apelación interpuesto por el representante del Ministerio Público Fiscal contra la decisión del juez federal de Lomas de Z. que declaró la incompetencia del juzgado a su cargo para entender en las presentes actuaciones y dispuso la remisión de éstas al Juzgado Federal de Catamarca.

  2. Se investiga aquí sustancialmente si ha existido una ilícita apropiación de menor durante la época de la última dictadura, por parte de M del T G. y su pareja M.M.G. –fallecido– en perjuicio de su supuesta hija N.. S.M.G..

    La inscripción del nacimiento de esta última se realizó el 22 de febrero de 1979 en el Registro Civil de la Capital de la Provincia de San F del V de Catamarca, tal como surge del acta de nacimiento respectiva agregada a esta causa (fs. 204). En dicha acta se lee, además, que M. delT.G. fue la que declaró el nacimiento ante el Registro, dijo ser la madre de la niña y que el padre era M.M.; también se aprecia en ese documento que la menor nació el día 13 de febrero del mismo mes y año en la calle JXX X de aquella ciudad, domicilio que sería, según luego se supo (fs. 236 y 182), propiedad del padre de M. delT.G..

    La perspectiva probatoria que revelaría una posible apropiación se desprende de una denuncia anónima ante la Asociación Abuelas de Plaza de Mayo en el año 1998, que refiere que la pareja compró a la menor con intervención de M.P. (Saracho) de “Pozo de Banfield” (fs. 1/5); de los dichos a aquella misma Asociación de la supuesta hermana de la víctima, quien refirió que sabía que ella no era hija biológica de sus padres (fs. 4), y de la circunstancia de que al momento del nacimiento la pareja se domiciliaba no en Catamarca, sino, en realidad, en V.A., partido de L., provincia de Buenos Aires, Fecha de firma: 01/08/2017 Alta en sistema: 02/08/2017 Firmado por: O.A.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: R.A.L.A., JUEZ DE CAMARA INTEGRANTE Firmado(ante mi) por: A.S.L.P., SECRETARIO FEDERAL #29050336#184371731#20170802091136060 donde siempre habría vivido el grupo familiar y lo seguirían haciendo M. delT.G. y N.. S.M.G. (fs. 7/8, 34, 122, 204).

  3. El juez a cargo del Juzgado Federal n° 1 de Lomas de Z. declaró...

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