Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de la Seguridad Social - Camara Federal de la Seguridad Social - Sala 2, 24 de Septiembre de 2018, expediente CSS 091948/2013/CA001

Fecha de Resolución24 de Septiembre de 2018
EmisorCamara Federal de la Seguridad Social - Sala 2

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL - SALA 2 Expte. Nº: 91948/2013 Autos: “N.M.A. c/ CAJA DE RETIROS JUBILAC.Y PENS.DE LA POLICIA FEDERAL s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG”

Sentencia Interlocutoria Buenos Aires,.

VISTO

Y CONSIDERANDO:

Llegan las presentes actuaciones a conocimiento de esta alzada, en virtud del recurso de apelación interpuesto en forma subsidiaria por la parte actora contra la resolución del Sr juez “a quo” que declaró la cuestión de puro derecho (fs. 38).

La recurrente se agravia de lo resuelto por el Inferior en cuanto considera imprescindibles para dictar sentencia librar los oficios que solicitó en la demanda como prueba informativa.

Ahora bien, toda vez que en su escrito de contestación, la Caja de Policía niega los hechos descriptos por la actora en la demanda como objeto de litis, entendemos que a los fines de no cercenar el derecho de defensa de ambas partes, corresponde si así lo requiere la actora para probar sus dichos, ordenar la apertura a prueba de la causa. El Código Civil y Comercial de la Nación en su art. 359 establece lo siguiente: “…Si se hubiesen alegado hechos conducentes acerca de los cuales no hubiese conformidad entre las partes, aunque éstas no lo pidan, el juez recibirá la causa a prueba procediendo de acuerdo a lo preceptuado en el art. 360…”.

Si bien lo resuelto en la instancia anterior se ajusta a derecho pues encuadra dentro de las prescripciones del art. 359 CPCCN primer parte, en el caso de que la parte actora expresamente insista en la apertura a prueba de las actuaciones, decidir en contrario atentaría contra su derecho de defensa en juicio. Ello, sumado a la evidente desigualdad que existe entre la actora y la Caja de Policía que tuvo la oportunidad de valorar las pruebas en sede administrativa al momento de contestar demanda...

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