Sentencia Definitiva de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 7 de Septiembre de 2005, expediente L 83797

PresidenteSoria-Pettigiani-Kogan-Genoud-Hitters-de Lázzari
Fecha de Resolución 7 de Septiembre de 2005
EmisorSUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA

A C U E R D O

En la ciudad de La Plata, a 7 de septiembre de 2005, habiéndose establecido, de conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo 2078, que deberá observarse el siguiente orden de votación: doctoresS., P., K., G.,Hitters,de L., se reúnen los señores jueces de la Suprema Corte de Justicia en acuerdo ordinario para pronunciar sentencia definitiva en la causa L. 83.797, "N., C.A. contra La Estrella Española Sanecar S.A.C.I.F.I.A. y otros. Daños y perjuicios".

A N T E C E D E N T E S

El Tribunal de Trabajo nº 1 de Lomas de Z. declaró su competencia y la inconstitucionalidad del art. 39 de la ley 24.557, sin costas.

La codemandada "Aerolíneas Argentinas S.A." dedujo recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley.

Dictada la providencia de autos y hallándose la causa en estado de pronunciar sentencia, la Suprema Corte decidió plantear y votar la siguiente

C U E S T I O N

¿Es fundado el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley?

V O T A C I O N

A la cuestión planteada, el señor J.d.S. dijo:

  1. El tribunal de trabajo declaró -como cuestión previa- la inconstitucionalidad del art. 39 de la ley 24.557 en las presentes actuaciones, promovidas por C.A.N. contra La Estrella Española Sanecar S.A.C.I.F.I.A., S.B.P. y Aerolíneas Argentinas S.A. por las que pretendió el cobro de una indemnización -con sustento en el derecho civil-, con motivo de la incapacidad generada por las labores prestadas a órdenes de la demandada durante el transcurso de la relación laboral y de la cual denunció haber tomado conocimiento en el mes de agosto de 1997 (v. fs. 12 vta.).

    En lo que interesa destacar, juzgó ela quoque el citado art. 39 quebranta la garantía constitucional de igualdad ante la ley y produce una discriminación arbitraria fundada en la condición de trabajador en relación de dependencia, haciéndolo pasible de un trato desigual al excluirlo del derecho a una reparación integral frente a otras personas en iguales situaciones.

  2. Contra dicho pronunciamiento, la codemandada "Aerolíneas Argentinas S.A." interpuso recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley (fs. 201/221 vta.).

    Sostiene en primer lugar que el pronunciamiento dela quoha sido emitido en abstracto, desde que no se ha probado en autos que la aplicación de la ley 24.557, en el caso concreto, le produjera algún perjuicio al reclamante que afectara sus garantías amparadas por la Constitución nacional.

    Expone además que el art. 39 de la ley 24.557 no vulnera la garantía...

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