NIETO JUAN JOSE Y OTRO c/ EN-M° DEFENSA-FAA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

Fecha10 Mayo 2018
Número de expedienteCAF 002673/2008/CA002 - CA003
Número de registro199480034

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA I 2.673/2008 NIETO JUAN JOSE Y OTRO c/ EN-M° DEFENSA-FAA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG Buenos Aires, de mayo de 2018.- JEE Y VISTOS; CONSIDERANDO:

  1. Que mediante providencia de fs.

    234 y vta., del 25 de agosto del 2016, el señor juez titular del Juzgado nº 1 admitió la ejecución solicitada por la parte actora y decretó el embargo de conformidad con lo establecido por los artículos 500 y siguientes del Código Procesal, toda vez que a fs. 220 y fs. 227 se intimó a la demandada para que en el plazo de veinte (20) días –en cada oportunidad–, y bajo apercibimiento de ejecución –en la última intimación–, deposite el crédito adeudado a los actores.

  2. Que a fs. 271/273 la demandada planteó la caducidad de instancia, revocatoria y apela en subsidio.

  3. Que, mediante providencia de fs. 274 y vta., del 14 de septiembre de 2017, el señor juez titular del Juzgado nº 1 resolvió rechazar la caducidad por improcedente (artículo 313 inciso 1º del Código Procesal), desestimó la reposición intentada y concedió el recurso de apelación interpuesto en subsidio, teniéndolo por fundados con los argumentos surgidos en el punto IV (fs. 271/273).

  4. Que en los fundamentos del recurso se sostuvo que:

    1. Con...

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