Nieto Garcia Pablo Jesus C/leone Pablo Miguel y Otro S/ordinario - Notificación a Armando Guillermo Godard

Fecha de publicación19 Septiembre 2008
Fecha de disposición19 Septiembre 2008
SecciónCuarta Sección - Judiciales
Número de Gaceta31493

Para el caso de oferentes extranjeros, deberán acompañar los mismos requisitos referidos precedentemente, debidamente traducidos al idioma castellano con las certificaciones que permitan el reconocimiento de los instrumentos y su actuación en la República Argentina conforme la legislación nacional vigente. ii) El precio ofrecido consignado en letras y números. iii) Firma del responsable debidamente acreditada mediantecopiacertificadadelactadedesignación de cargo o estatuto. iv) Una expresa declaración por escrito manifestando estar notificado de la resolución del tribunal que aprueba el presente procedimiento de mejora de oferta y que conoce y acepta todas las condiciones que rigen este trámite. v) Acompañar la boleta de depósito en garantía de la oferta a efectuarse según lo que infra se expondrá. 3.- GARANTIA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA. Todo oferente deberá presentar una garantía equivalente al 10% de la oferta económica que se acreditará con un depósito en efectivo en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Sucursal Tribunales, en la cuenta perteneciente a estos autos, cheque certificado o caución bancaria de un banco de plaza de primera línea (cfr. art. 205 inc. 5 LCQ).

Esta garantía se perderá en favor de la quiebra en el caso de desistir del ofrecimiento, de ser declarado postor remiso (art. 584 del Código Procesal). Integrará el saldo de precio en el supuesto de resultar adjudicatario o se devolverá al oferente en caso de serlo un tercero. 4.

APERTURA DE SOBRES. La apertura de sobres tendrá lugar en presencia del Actuario, en la audiencia que se llevará a cabo en la sede de este tribunal, el día 9 de octubre de 2008 a las 10 hs., a la que deberán concurrir inexcusablemente las delegadas liquidadoras. La apertura se realizará en orden cronológico de acuerdo a la oportunidad de su presentación y se labrará un acta en la que se dejará constancia del nombre, apellido o denominación de los oferentes y el valor económico de cada oferta (art. 205 inc. 6 L.C.Q.). Concluida la apertura de los sobres todos los oferentes tendrán derecho a mejorar ofertas, inclusive Paraná S.A.de Seguros cuya oferta se adopta como base de este procedimiento. En esa oportunidad se asentarán las ofertas que se vayan realizando, en forma ilimitada, estableciéndose como única condición que superen en un 5% la anterior quedando a cargo del funcionario concursal la realización de los cálculos pertinentes. Paraná SA de Seguros estará facultada en tanto fue quien formuló la oferta inicial-, a igualar la mejor oferta y así sucesivamente si esta última fuera mejorada, hasta obtener de esta forma la definitiva adjudicación de los bienes. 5.- RESOLUCION DE AD-JUDICACION. La adjudicación recaerá sobre la oferta que ofrezca el precio más alto (art.

205 inc. 7 LCQ). Dentro de los tres días de concluida la audiencia referida en el capítulo que antecede, el juzgado se pronunciará acerca de la adjudicación, fijando en tal resolución el orden de prelación que corresponda a los oferentes. En la hipótesis de que quien hubiere formulado la mejor oferta no integrase oportunamente el saldo de precio se lo declarará postor remiso en los términos del art. 584 del Código Procesal y perderá su derecho de reclamar la devolución tanto de la garantía de mantenimiento de oferta como de las sumas que hubiere abonado. En este supuesto, o en caso de verificarse durante el período de mantenimiento de oferta el incumplimiento por el adjudicatario de alguna de las obligaciones asumidas el tribunal podrá adjudicar los bienes a quien hubiere quedado ubicado en el segundo lugar, y así sucesivamente.

6.- VIGENCIA DE LAS OFERTAS. Las ofertas que no resulten adjudicatarias mantendrán su vigencia hasta que quede firme el decreto de adjudicación e integrado el saldo de precio, oportunidad en que, a pedido de los interesados, los fondos depositados en concepto de garantía serán devueltos a los oferentes.7.INTEGRACION DE SALDO DE PRECIO Y ENTREGA DE POSESION. El saldo de precio deberá ser...

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