Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de la Seguridad Social - Camara Federal de la Seguridad Social - Sala 1, 24 de Mayo de 2017, expediente CSS 065953/2011/CA001

Fecha de Resolución24 de Mayo de 2017
EmisorCamara Federal de la Seguridad Social - Sala 1

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL - SALA 1DDL Expte nº: 65953/2011 Autos: “NICOSIA ANTONIO MARIO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS”

J.F.S.S. Nº 2 Sentencia Definitiva del Expte. Nº 65953/2011 Buenos Aires, AUTOS Y VISTOS:

  1. Llegan las presentes actuaciones a este Tribunal en virtud de los recursos de apelación interpuestos por la parte actora y por la parte demandada, contra la sentencia dictada por la Sra. Juez a cargo del Juzgado Federal de la Seguridad Social Nº 2.

    La parte actora se agravia de la no aplicación del precedente “B.” para el ajuste de la PBU, manifiesta su disconformidad con la tasa de interés aplicada, y se agravia de la imposición de costas dispuesta. Asimismo cuestiona la omisión del tratamiento de inconstitucionalidad de los artículos 9 y 24 de la ley 24.241 y de la Resol. 6/09.

    La parte demandada se agravia de la movilidad establecida para el periodo posterior al 2002 y para el periodo posterior al año 2007. Además cuestiona la sentencia en tanto establece la actualización de las remuneraciones a fines de la PC, la forma de determinar la PAP, y respecto de la actualización sin límite temporal. Por otra parte se agravia de la movilidad dispuesta para la PBU. Asimismo, cuestiona la sentencia recurrida en cuanto declara la inconstitucionalidad del Art. 9 de ley 24.463 y de los Arts. 24, 25 y 26 de la ley 24.241.

  2. Surge de las actuaciones administrativas que el actor obtuvo su beneficio previsional al amparo de ley 24.241, obteniendo la prestación básica universal, la prestación compensatoria y la prestación adicional por permanencia, obteniendo el beneficio en fecha 31/12/2004.

  3. Ahora bien, a efectos de determinar la remuneración promedio para el cálculo de la PC y la PAP, corresponde aplicar el índice de los salarios básicos de la industria y la construcción -personal no calificado- (Res. 140/95 Conf. Res. SSS nº413/94 concordante con Res. D.E.A. 63/94), en las remuneraciones percibidas por el titular hasta el 28 de febrero de 2009 (“Elliff, A.J. c/ Anses s/ Reajustes Varios”, sentencia del 11 de agosto de 2009, CSJN),

  4. Respecto a las pautas de movilidad –de las prestaciones obtenidas: PBU–

    PC - PAP - que deberán tenerse en cuenta para el período posterior al logro de la prestación y a la declaración de inconstitucionalidad del art. 7 inc. 2 de la ley 24.463, corresponde ordenar la aplicación del fallo de la CSJN en autos “B., A.V. c/ANSES s/ReajustesV.”, del 26.11.2007, en la medida que el incremento en el beneficio por los aumentos ya Fecha de firma: 24/05/2017 Firmado por: LA VOCALÍA II SE ENCUENTRA VACANTE , (ART. 109 R.J.N.)

    Firmado por: L.M.M.D.B., JUEZ DE CAMARA Firmado por: VICTORIA PEREZ TOGNOLA, JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.M.L., SECRETARIA DE CÁMARA #25316885#177366467#20170427111523458 otorgados (por los decretos 1275/02, 391/03, 1194/03, 683/04, 1199/04, 748/05, 1273/05 y...

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