New Yard S.A.

Fecha de publicación06 Julio 2009
Fecha de disposición06 Julio 2009
SecciónSegunda Sección - Sociedades
Número de Gaceta31688

b) a remuneración del directorio y sindicatura, en su caso, c) a dividendos de acciones preferidas con prioridad a los acumulativos impagos y d) el saldo, en todo o en parte, a participación adicional de las acciones preferidas y a dividendo de las acciones ordinarias, a fondos de reserva o al destino que determine la asamblea.- Los dividendos deben ser pagados en proporción a las integraciones dentro del año de su sanción'.- Silvina Paris, autorizada por Acta de Directorio Nº 6 del 02/03/09.

Abogada - Silvina Paris Legalización emitida por: Colegio Público de Abogados de la Capital Federal. Fecha:

01/07/2009. Tomo: 74. Folio: 155.

  1. 06/07/2009 Nº 56209/09 v. 06/07/2009 NEW YARD SOCIEDAD ANONIMA Informa que: Por Asamblea extraordinaria del 29/6/09, se resolvió modificar el objeto social, para lo cual se reformo el articulo 3º, quedando el mismo redactado de la siguiente forma: Artículo 3º: La sociedad tiene por objeto dedicarse por cuenta propia, o de terceros o asociada transitoria o permanentemente a terceros, en el país o en el extranjero a las siguientes actividades: Servicios de vigilancia y seguridad general, custodia de personas y mercaderías en tránsito, vigilancia por medios electrónicos, en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, conforme a la ley 1913/05 de Seguridad Privada de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la prestación de servicios de vigilancia y seguridad general como ser:

  1. Custodias personales, mercaderías en tránsito y en depósito teniendo por objeto el acompañamiento y la protección de personas y/o bienes en la vía pública, y en los lugares en que estos se depositen, B) Vigilancia privada, en lugares fijos sin acceso de público teniendo por objeto resguardar la seguridad de personas y de bienes en espacios privados cerrados, con control e identificación de acceso de personas, C) Vigilancia privada en lugares fijos con acceso al público teniendo por objeto la seguridad de personas y de bienes en espacios privados de acceso público con fines diversos, D) Custodia y portería de locales de bailes, confiterías y/o de espectáculos en vivo, como todo otro lugar destinado a recreación, E) Servicio de serenos en lugares fijos, privados o edificios de propiedad horizontal, F) Vigilancia por medios electrónicos, ópticos y electro ópticos teniendo por objeto brindar servicios con dispositivos centrales de observación, registro de imagen, audio y/o alarmas. En el ámbito de la Provincia de Buenos Aires, tendrá como objeto el desempeño dentro de lo establecido por el articulo 2do de la ley 12297/99, esto es vigilancia y protección de bienes, escolta y protección de personas, transporte, custodia y protección de cualquier objeto de traslado licito a excepción del transporte de caudales, vigilancia y protección de personas y bienes en espectáculos públicos, locales bailables y otros eventos o reuniones análogas, obtención de evidencias en cuestiones civiles para incriminar o desincriminar a una persona siempre que exista una persecución penal en el ámbito de la justicia por la comisión de un delito y tales servicios sean contratados en virtud de interés legitimo en el proceso penal. Asimismo la sociedad tiene plena capacidad jurídica a los efectos de realizar todo tipo de actos, operaciones y contratos relacionados con el objeto social en la procuración de brindar seguridad física a terceros y modificar el Artículo 8º por adecuación de la garantía de los Directores. Autorizada por Asamblea extraordinaria del 29/6/09.

Abogada Yamila S. Rodríguez Foulon Legalización emitida por: Colegio Público de Abogados de la Capital Federal. Fecha:

01/07/2009. Tomo: 97...

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