Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala E, 22 de Diciembre de 2016, expediente COM 002087/2014/CA001

Fecha de Resolución22 de Diciembre de 2016
EmisorCamara Comercial - Sala E

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial SALA E “NEPHROLOGY S.A. c/ BERKLEY INTERNATIONAL ASEG. DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. s/ORDINARIO” (Expte. N°

2087/2014).

J.. 23 S.. 46 15-14-13 En Buenos Aires, a los 22 días del mes de diciembre de dos mil dieciséis reunidos los Señores Jueces de Cámara en la Sala de Acuerdos, fueron traídos para conocer los autos seguidos por: “NEPHROLOGY S.A. c/ BERKLEY INTERNATIONAL ASEG. DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A.

s/ORDINARIO”, en los que según el sorteo practicado votan sucesivamente los jueces M.F.B., H.M. y Á.O.S..

Estudiados los autos, la Cámara plantea la siguiente cuestión a resolver:

¿Es arreglada a derecho la sentencia apelada de fs. 271/5?

Fecha de firma: 22/12/2016 El J.M.F.B. dice:

Firmado por: M.F.B., JUEZ DE CÁMARA Firmado por: ÁNGEL O. SALA, JUEZ DE CÁMARA Firmado por: H.M., JUEZ DE CÁMARA Expte. N° 2087/2014 Firmado(ante mi) por: F.J.T., SECRETARIO DE CÁMARA 1 #23133931#169571244#20161222152449736 Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional

  1. NEPHROLOGY S.A. (“Nephrology”) promovió

    demanda por repetición de pago a BERKLEY INTERNATIONAL ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. (“B.”), por la que le reclamó la suma de PESOS SESENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS VEINTICINCO CON VEINTINUEVE CENTAVOS ($

    69.325,29), con más sus intereses y costas, en virtud de lo abonado por la condena solidaria dispuesta a ambos en los autos caratulados “D., S.C. c/

    Nephrology S.A. y Otro s/ Accidente – Acción Civil”, expediente número 36.982/2008, que tramitó en el Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo N° 45.

    Fundó su reclamo en que la accionada fue su aseguradora en los términos de la ley número 24.557, según la póliza número 12.007, para cubrir los siniestros en ocasión del trabajo de su empleado S.C.D.; quien el 26-10-03 sufrió un accidente durante una jornada laboral. A raíz de ello, éste inició un reclamo resarcitorio contra “Nephrology” y “B.” por el que demandó una reparación integral por los daños sufridos en tal incidente.

    La sentencia en el fuero laboral reconoció

    una indemnización a favor del empleado por la suma de $

    78.960, más intereses, condenándolas solidariamente. Sin embargo, con relación a la aseguradora, se estableció el límite hasta la cobertura pactada. La Cámara del fuero, Fecha de firma: 22/12/2016 apelación de ambas condenadas, ante la resolvió confirmar Firmado por: M.F.B., JUEZ DE CÁMARA Firmado por: ÁNGEL O. SALA, JUEZ DE CÁMARA Firmado por: H.M., JUEZ DE CÁMARA Expte. N° 2087/2014 2 Firmado(ante mi) por: F.J.T., SECRETARIO DE CÁMARA #23133931#169571244#20161222152449736 Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional el fallo e impuso las costas de esa instancia por su orden.

    La actora, habiendo abonado íntegramente la suma de condena con sus accesorios, por medio del presente pleito reclama a “B.”, por ser obligada en virtud de la póliza contratada, el cobro compulsivo por repetición del importe que se negó a pagar oportunamente en sede laboral.

  2. La sentencia apelada rechazó la excepción de falta de legitimación activa opuesta e hizo lugar a la demanda incoada condenando a la aseguradora a pagar a la actora la suma de pesos que resulte de la determinación del importe equivalente al valor correspondiente al límite de la cobertura asegurada en el contrato de afiliación número 12.007, en los términos del art. 15 de la ley 24.557 y de toda otra suma que hubiera abonado en concepto de costas en virtud de la condena solidaria establecida en sede laboral. Además, se impuso las costas a la demandada en su carácter de vencida.

    Para así...

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