NEF S.R.L. s/ Quiebra

Fecha de la disposición24 de Julio de 2014

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL Nº 23

El Juzg. Nac. de 1ra. Inst. en lo Comercial de la Cap. Fed. Nº 23, a cargo de la Dra. Vivian C. Fernández Garello de Dieuzeide, Secretaría Nº 46 a cargo del Dr. Esteban Mariño, sito en M. T. de Alvear 1840 – CABA, hace saber por cinco días que en los autos “Nef S.R.L. s/Quiebra” (Expte. 31474) se resolvió un llamado público a mejorar la oferta recibida de $ 25.176.000 más IVA, por la venta de la planta industrial sita en calle 81 (ex Pilar) Nº 1456/58, San Martín, PBA, conjuntamente con los bienes muebles de propiedad de las fallidas Nef S.R.L (C.U.I.T. 30-64720746-0) y Ranesi S.A. (CUIT 30-50125757-1) que se encuentran en su interior conforme al detalle obrante en autos, según las condiciones obrantes a fs. 6047/9 del mencionado expediente. La posibilidad de presentarse se encuentra abierta a todos los interesados. Las sindicaturas actuantes son Dr. Mario Oscar Bruzzo (tel. +541143281735 mob@bruzzoyasociados.com) y Estudio Manfredi-González Sturla (Dra. Cristina González Sturla (tel. +541143133737 con e-mail: cristinasturla@arnet.com.ar) con quienes se deberá concertar día y hora a los efectos de visitar la planta. Están prohibidas las compras en comisión y la cesión de adjudicación y boleto. Las ofertas bajo sobre deberán ser presentadas por ante la Mesa de Entradas del Tribunal hasta el día 25 de agosto de 2014, a las 10 hs. Será requisito de admisibilidad de las propuestas, la constancia del depósito en garantía en el Bco. Ciudad de Buenos Aires -Sucursal Tribunales- correspondiente al 20% del monto ofertado y la acreditación de la legitimación y, en caso de sociedades, copia auténtica de los documentos que acrediten la personería del firmante, actualizada en su caso, con la debida inscripción (cfr. art. 60, LSC). Deberá contener también domicilio real y constituido dentro de la jurisdicción del Tribunal y que estas ofertas se presenten por triplicado. Solo podrán mejorar el precio ofrecido superándolo en por lo menos un 5% -conforme los usos y costumbres del Tribunal-, y en lo demás se ajustarán a las condiciones ofrecidas en la oferta que se llama a mejorar.- Los oferentes deberán denunciar al momento de efectuar su propuesta su Nº de CUIT.- No se otorgará al peticionante derecho de preferencia alguno, encontrándose en igualdad de condiciones con los demás oferentes a los fines de proceder a la puja, en la cual deberán estar a las condiciones de porcentaje mínimo de aumento del 5% de la mejor...

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