La necesidad y los tiempos de una reforma tributaria

La avidez de los gobiernos por obtener más recursos tributarios ha desembocado usualmente en la introducción de impuestos distorsivos que, tarde o temprano, producen efectos negativos sobre la economía. Así ha ocurrido en nuestro país cada vez que la situación fiscal adquirió alguna gravedad. Por ejemplo, en 2001, en las cercanías del default, se creó el impuesto al cheque, que aún sigue vivo afectando la bancarización y promoviendo la informalidad. De la misma manera pueden citarse otros impuestos que desalientan el ahorro, reducen la inversión, impulsan la evasión o inducen a radicarse fiscalmente en otros países. Tal es el caso de la aplicación del concepto de "renta universal" junto a muy pesadas alícuotas en los impuestos a las ganancias y a los bienes personales.

Las recurrentes estrecheces fiscales han motivado el movimiento ascendente de las alícuotas hasta, en muchos casos, hacerlas confiscatorias. El IVA comenzó con un 13% y hoy está en el 21%. Cuando se creó el impuesto a los réditos, en 1932, la alícuota era del 4%, mientras que hoy el impuesto a las ganancias que lo sucedió tributa hasta el 35%. La inflación agrega complejidad fiscal y efectos confiscatorios. Los balances no pueden ser ajustados por inflación para establecer la verdadera ganancia gravable y de esa forma se paga por ganancias inexistentes. Tampoco se tiene en cuenta lo que es meramente inflación cuando se debe tributar por la ganancia nominal de capital en la venta de sociedades o de inmuebles. Y muchas de las deducciones, entre ellas los seguros de vida, no han sido actualizadas desde 1992.

El impuesto a los bienes personales no considera los pasivos que pueden estar ligados a los activos que tributan. Quien adquirió un inmueble con un crédito hipotecario paga por el valor del inmueble y no por el neto deduciendo la deuda. Por otro lado, una alícuota del 1,5% prácticamente consume toda la renta que puede obtenerse en términos reales con las tasas de interés hoy vigentes en moneda dura. La insinuación del titular de la AFIP, Alberto Abad, de elevarla al 1,75% para compensar la suba del mínimo imponible no logrará otro efecto que más contribuyentes desplacen su domicilio fiscal a países limítrofes.

El carácter federal de nuestra organización nacional determina que las provincias y los municipios legislen y cobren impuestos y tasas en su propio nivel. El menú es muy rico en sinsentidos y el crecimiento de estos gravámenes ha sido incesante. Con muy pocas...

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