NAVARRO, MIGUEL ANGEL c/ ASOCIART S.A. ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
Fecha | 31 Mayo 2017 |
Número de expediente | CNT 014746/2012/CA001 |
Número de registro | 180176746 |
Poder Judicial de la Nación SENTENCIA DEFINITIVA N° 102.549 CAUSA N° 14746/2012 SALA IV “NAVARRO MIGUEL ANGEL C/
ASOCIART S.A. ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S/ ACCIDENTE – LEY ESPECIAL” JUZGADO N°
37.
En la ciudad de Buenos Aires, capital de la República Argentina, a los 31 de mayo de 2017, reunidos en la Sala de Acuerdos los señores miembros integrantes de este Tribunal, a fin de considerar el recurso interpuesto contra la sentencia apelada, se procede a oír las opiniones de los presentes en el orden de sorteo practicado al efecto, resultando así la siguiente exposición de fundamentos y votación:
El doctor H.C.G. dijo:
I) El actor (fs. 251/254) y la demandada (fs. 255) apelan la sentencia de primera instancia (fs. 247/250) que hizo lugar a la acción por accidente de trabajo fundada en la ley 24.557.
II) El demandante se queja porque el fallo aplicó el piso indemnizatorio previsto en el decreto 1694/2009 y no el derivado de la Resolución SSS nº 387/2016, reglamentaria de la ley 26.773. Anticipo que, a mi juicio, no le asiste razón.
Ello es así, pues el art. 17 inc. 5) de la ley 26.773 establece que las disposiciones “…atinentes a las prestaciones en dinero y en especie de esta ley entrarán en vigencia…” a partir de su publicación en el Boletín Oficial (esto es, el 26 de octubre de 2012) y se aplicarán “…a las contingencias previstas en la ley 24.557 y sus modificatorias, cuya primera manifestación invalidante se produzca a partir de esa fecha…”.
En cambio, el accidente de autos ocurrió el 28 de junio de 2009, es decir, con anterioridad a la mencionada fecha de entrada en vigencia de la reforma, por lo que, como lo ha sostenido esta S. en casos similares al presente, las nuevas disposiciones resultan inaplicables al sub lite (S.D. 97.674 del 28/2/14, “Ramos, P.M. c/ Provincia ART S.A. s/ accidente – ley especial”, S.D. 97.973 del 30/5/14, “A.J.L. c/ Horizonte Cía. Argentina de Seguros Generales SA s/ accidente – ley especial”, y S.D. 07.992 del 30/5/14, “Santarossa Julio César c/ Consolidar ART SA s/ accidente – ley especial”; en igual Fecha de firma: 31/05/2017 Alta en sistema: 04/07/2017 Firmado por: H.C.G., JUEZ DE CAMARA Firmado por: L.G.B., SECRETARIO DE CAMARA Firmado por: B.I.F., JUEZ DE CAMARA #20711464#180176746#20170531111722471 Poder Judicial de la Nación sentido: CNAT, Sala X, 30/08/13, S.D. 21.423, “A., C.M. c/ Mapfre Argentina ART SA s/ accidente – ley especial”).
Como lo ha establecido esta Cámara en los fallos plenarios nro.
225 y 277 (in re “Prestigiácomo, L. c/PirelliS.A.” y “V., J.D. c/ La...
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