Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala V, 16 de Mayo de 2019, expediente CAF 023428/2018/CA001

Fecha de Resolución16 de Mayo de 2019
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala V

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA V 23428/2018 NAVAL SUR SA c/ EN-M TRANSPORTE SUBSECRETARIA DE PUERTOS Y VIAS NAVEGABLESS s/DAÑOS Y PERJUICIOS Buenos Aires, de mayo de 2019.-MLA VISTOS

Y CONSIDERANDO:

  1. Que a fojas 2/7 la parte actora inició las presentes actuaciones con el objeto de interrumpir el plazo de prescripción respecto de la acción de reembolso y responsabilidad por daños y perjuicios contra el Estado Nacional, Ministerio de Transporte, Subsecretaría de Puertos y Vías Navegables, Dirección Nacional de Puertos y Vías Navegables, por enriquecimiento sin causa que se ocasionaría por el no reconocimiento y pago de las sumas correspondientes a los supuestos trabajos que manifiesta haber realizado.

    Manifiesta que, en sede administrativa se encuentra pendiente de resolución un recurso de reconsideración, interpuesto el 28 de agosto de 2018, contra la Disposición Nº 56/16 del Director Nacional de la Dirección Nacional de Vías Navegables que dispuso tratar como denuncia de ilegitimidad el recurso de reconsideración interpuesto contra la Disposición Nº 11/15 y la rechazó.

    Posteriormente, a fs. 24/306 la firma Naval Sur S.A. acompañó

    copias del expediente administrativo y solicitó la suspensión de los plazos del presente expediente hasta tanto se resuelva su recurso de reconsideración, interpuesto contra la Disposición Nº 56/16.

  2. Que a fojas 307 la jueza de grado denegó la suspensión solicitada, por no existir razones que justifiquen dicha medida.

  3. Que, de las constancias del expediente administrativo agregadas a la causa en copia por la actora surge que inició reclamo administrativo el 31 de enero de 2014, por el que solicitó ante el Distrito Paraná

    Superior de la Dirección Nacional de Vías Navegables de la Secretaría de Transporte del Ministerio del Interior y Transporte el saldo adeudado por trabajos que supuestamente había realizado entre los años 2011 y 2012.

    El 2 de febrero de 2015, el Director Nacional de la Dirección Nacional de Vías Navegables por Disposición Nº 11/15 rechazó lo solicitado y, Fecha de firma: 16/05/2019 Alta en sistema: 21/05/2019 Firmado por: G.F.T.-.J.F.A.-.P.G. FEDRIANI #31589226#234343677#20190514113537221 contra lo allí dispuesto, la actora interpuso recurso de reconsideración y revocatoria.

    El 24 de mayo de 2016, el Director Nacional de la Dirección Nacional de Vías Navegables por la Disposición Nº 56/16 dispuso tratar el recurso de reconsideración y revocatoria como...

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