Resolución Nº 123/2014

EmisorInstituto Nacional de la Yerba Mate
Fecha de la disposición19 de Junio de 2014



INSTITUTO NACIONAL DE LA YERBA MATE

ResoluciónNº 123/2014Posadas, Misiones, 19/6/2014

VISTO: las actuaciones “Expte. Nº 86/2010 - Programa de Mejoramiento de la Cosecha de Yerba Mate - Programa PRASY”, y

CONSIDERANDO:

QUE, por Resolución Nº 40/2010 se ha aprobado el PLAN DE MEJORAMIENTO DE LA COSECHA DE YERBA MATE, como instrumento de transformación y mejoramiento de la actividad de cosecha de la yerba mate, estableciéndose la reglamentación del mismo mediante Resolución 85/2010.

QUE, la entrega de los implementos determinados que comprenden carros de arrastre de raídos y guinche de levante de los mismos, ha sido instrumentada mediante un contrato de donación con cargo, cumplimentándose de esta forma con los objetivos del INYM de promover, fomentar y fortalecer el desarrollo y mejoramiento de las actividades específicas del sector yerbatero, y con la finalidad de procurar la sustentabilidad de los distintos sectores involucrados.

QUE, mediante el programa se ha buscado asimismo un compromiso de los beneficiarios determinado a través del cumplimiento de cargas y obligaciones específicas determinadas desde el Directorio.

QUE, en reunión de la Subcomisión de Producción y Secanza, se ha planteado la posibilidad de orientar y promocionar los distintos Planes en vigencia a las Asociaciones legalmente constituidas a fin de llegar a los pequeños yerbateros, lo que a su vez traería aparejado el fortalecimiento y consolidación de las mismas.

QUE, conforme tratamiento particular decidido por este Directorio se ha aprobado incluir como beneficiario excepcional del programa de Mejoramiento de Cosecha que prevé la entrega de guinches y carros de arrastre, a las Entidades del Sector Productivo debidamente inscriptas en el Registro creado por este Instituto a los efectos de la designación de los representantes de dicho sector privado en el Directorio.

QUE, a tal fin se ha determinado que la propuesta deberá estar acompañada por un mínimo de 10 (diez) productores, asociados a la Entidad, condición que deberá ser acreditada en la presentación que origine la solicitud, con la condición de que dichos productores en total hayan entregado un mínimo de doscientas (200) toneladas de hoja verde en alguno de los dos últimos años, debiendo la Entidad solicitante registrar una antigüedad mayor a dos años, presentando ante el INYM la constancia de personería jurídica al día y la certificación de dicha Dirección que acredite...

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