Resolución Nº 132/2014
Fecha de disposición | 21 Febrero 2014 |
Fecha de publicación | 27 Febrero 2014 |
Sección | Resoluciones |
Número de Gaceta | 32837 |
MINISTERIO DE EDUCACION
ResoluciónNº 132/2014Bs. As., 21/2/2014
VISTO el Expediente Nº 14931/10 del registro de este Ministerio, la Ley de Educación Nacional Nº 26.206, el Decreto Nº 115/10, la Decisión Administrativa Nº 41/03, las Resoluciones Ministeriales Nros. 877/09 y 878/09 y las Resoluciones del CONSEJO FEDERAL DE EDUCACION Nros. 84/09, 93/09, 102/10 y 210/13, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley de Educación Nacional Nº 26.206 establece los fundamentos, principios y objetivos de los niveles del Sistema Educativo Argentino.
Que el inciso h) del artículo 115 de la citada Ley establece que el PODER EJECUTIVO NACIONAL, a través del MINISTERIO DE EDUCACION, deberá dictar las normas generales sobre la revalidación de títulos y certificados de estudios realizados en el extranjero.
Que de acuerdo a lo expresado en el Decreto Nº 115/10, una de las acciones de la DIRECCION DE VALIDEZ NACIONAL DE TITULOS Y ESTUDIOS es la de convalidar, reconocer y revalidar los estudios extranjeros terminales de educación secundaria y de educación superior, exceptuados los universitarios, o sus respectivos equivalentes.
Que en el Anexo II de la Decisión Administrativa Nº 41/03 queda establecida la responsabilidad primaria de la DIRECCION DE VALIDEZ NACIONAL DE TITULOS Y ESTUDIOS, dependiente de la SECRETARIA DE EDUCACION, en lo que respecta a la convalidación de estudios extranjeros terminales de Educación Primaria y Secundaria o su respectivo equivalente, así como asistir técnicamente a las distintas jurisdicciones en lo relativo al reconocimiento de estudios extranjeros.
Que la Resolución Ministerial Nº 877/09 resuelve convalidar a los ciudadanos argentinos o hijos de argentinos sus estudios completos realizados en el exterior en el Programa del Bachillerato Internacional, a modo de excepción, a los alumnos que se hayan graduado u obtenido el Diploma con anterioridad al 31 de diciembre de 2010, al sólo efecto de proseguir estudios superiores.
Que la Resolución Ministerial Nº 878/09 resuelve convalidar los estudios realizados por alumnos de nuestro país en el exterior, becados por instituciones de intercambio, correspondientes a estudios completos del Bachillerato Internacional, sólo para los alumnos que se hayan graduado u obtenido el Diploma con anterioridad al 31 de diciembre de 2009, al sólo efecto de proseguir estudios superiores.
Que la Resolución Nº 84/09 del CONSEJO FEDERAL DE EDUCACION aprueba el documento...
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