Resolución Nº 481/2013

Fecha de disposición02 Septiembre 2013
Fecha de publicación06 Septiembre 2013
SecciónResoluciones



MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA

Y SERVICIOS

SECRETARIA DE ENERGIA

ResoluciónNº 481/2013Bs. As., 2/9/2013

VISTO el Expediente Nº S01:0279555/2012 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, las Leyes Nros. 17.319 y 26.659, la Resolución Nº 260 de fecha 13 de mayo de 2013 de la SECRETARIA DE ENERGIA, y

CONSIDERANDO:

Que en las presentes actuaciones se encuentra acreditado que la Empresa PREMIER OIL PLC, con sede en la ciudad de Londres, REINO UNIDO DE GRAN BRETAÑA E IRLANDA DEL NORTE, desarrolla actividades hidrocarburíferas en la Plataforma Continental Argentina, en zonas próximas a las ISLAS MALVINAS, sin contar con autorización emanada de las autoridades competentes de nuestro país, violando de esta forma las disposiciones de la Ley Nº 17.319 en materia de exploración y explotación de esos recursos naturales.

Que esta situación fue comunicada a la citada empresa mediante Nota S.E. Nº 4659 de fecha 2 de agosto de 2012 de la SECRETARIA DE ENERGIA, en donde se le comunicó el firme propósito del Gobierno de la REPUBLICA ARGENTINA de poner en marcha todas las acciones legales, judiciales o administrativas a su alcance en defensa de sus derechos y que con su accionar se exponía a las sanciones que en cada ámbito correspondiera.

Que asimismo, a través de la citada notificación se le otorgó a PREMIER OIL PLC un plazo de DIEZ (10) días para efectuar el descargo que estimara pertinente en ejercicio de su derecho de defensa, vencido el cual la interesada no efectuó ningún tipo de presentación ante nuestro Gobierno.

Que en consecuencia, mediante Resolución Nº 260 de fecha 13 de mayo de 2013 de la SECRETARIA DE ENERGIA, se declararon ilegales y clandestinas las mencionadas actividades hidrocarburíferas que desarrolla PREMIER OIL PLC en la Plataforma Continental Argentina, la que le fue comunicada mediante Nota S.E. Nº 2697 de fecha 21 de mayo de 2013 de esta misma Secretaría.

Que el mencionado Acto Administrativo fue notificado por el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO y dicho suceso fue comunicado a esta Secretaría mediante Nota Nº 317 del 11 de julio de 2013 de ese mismo Ministerio.

Que dichas actividades hidrocarburíferas ilegales y clandestinas, por parte de PREMIER OIL PLC se concretaron a través de un acuerdo de Farm Out suscripto con la Empresa ROCCKHOOPER EXPLORATION PLC, titular de la licencia ilegal conferida por el...

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