Resolución Nº 686/2013
Fecha de disposición | 24 Junio 2013 |
Fecha de publicación | 25 Julio 2013 |
Sección | Resoluciones |
Número de Gaceta | 32687 |
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SECRETARIA DE TRABAJO
ResoluciónNº 686/2013Registro Nº 583/2013
Bs. As., 24/6/2013
VISTO el Expediente Nº 1.556.073/13 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que se solicita la homologación del acuerdo celebrado entre la UNION DEL PERSONAL JERARQUICO DE EMPRESAS DE TELECOMUNICACIONES (U.P.J.E.T.) por el sector sindical y la empresa TELECOM ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA por la parte empleadora, que luce a fojas 2/7 del Expediente Nº 1.556.073/13, ratificado a fojas 25 de las mismas actuaciones.
Que el acuerdo se establece exclusivamente para el personal representado por la entidad sindical y comprendido en el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 497/02 “E”.
Que el Convenio precitado ha sido oportunamente celebrado entre la UNION DEL PERSONAL JERARQUICO DE EMPRESAS DE TELECOMUNICACIONES (U.P.J.E.T.) y la FEDERACION DE ORGANIZACIONES DEL PERSONAL DE SUPERVISION Y TECNICOS TELEFONICOS ARGENTINOS (F.O.P.S.T.T.A.) por el sector sindical y la empresa TELECOM ARGENTINA STET FRANCE TELECOM SOCIEDAD ANONIMA por la parte empleadora y debidamente homologado mediante la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 210 del 25 de noviembre de 2002.
Que corresponde señalar que bajo la denominación de TELECOM ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA continúa funcionando la sociedad constituida bajo la denominación SOCIEDAD LICENCIATARIA NORTE SOCIEDAD ANONIMA, que posteriormente cambió su denominación social por TELECOM ARGENTINA STET-FRANCE TELECOM SOCIEDAD ANONIMA, ello conforme surge de los antecedentes obrantes por ante esta Cartera de Estado.
Que en consecuencia el ámbito personal y territorial de aplicación del acuerdo se establece para los trabajadores representados por la entidad sindical celebrante, comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 497/02 “E” y que laboren para la empresa TELECOM ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA.
Que las partes se encuentran conjuntamente legitimadas para alcanzar el acuerdo cuya homologación se pretende.
Que respecto a su ámbito temporal, se fija su vigencia a partir del 1° de enero de 2013, de conformidad con lo expresamente pactado por sus celebrantes.
Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio ha tomado la intervención que le compete.
Que se encuentra acreditado en autos el cumplimiento de los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados.
Que por último, corresponde que una vez dictado el presente acto administrativo homologatorio, se remitan estas actuaciones a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de efectuar el Proyecto de Base Promedio y Tope Indemnizatorio, de conformidad con lo establecido en el Artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.
Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.
Por ello,
LA SECRETARIA
DE...
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