Resolución Nº 664/2013
Fecha de disposición | 24 Junio 2013 |
Fecha de publicación | 22 Julio 2013 |
Sección | Resoluciones |
Número de Gaceta | 32684 |
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SECRETARIA DE TRABAJO
ResoluciónNº 664/2013Registros Nº 548/2013 y Nº 549/2013
Bs. As., 24/6/2013
VISTO el Expediente Nº 1.506.968/12 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 2/7 y 60 del Expediente Nº 1.506.968/12 y a fojas 4/12 y 13 del Expediente Nº 1.532.892/12 agregado como foja 38 al Expediente Nº 1.506.968/12, obran los Acuerdos y sus actas de ratificación, celebrados entre el SINDICATO OBRERO DE LA INDUSTRIA DEL VIDRIO Y AFINES por el sector sindical y la CAMARA ARGENTINA DE INDUSTRIAS OPTICAS Y AFINES, CAMARA ARGENTINA DE FABRICANTES DE VIDRIO, la CAMARA DEL VIDRIO PLANO Y SUS MANUFACTURAS DE LA REPUBLICA ARGENTINA y la CAMARA ARGENTINA MINORISTA DEL VIDRIO PLANO por el sector empresario, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que mediante los acuerdos precitados se establecen nuevas condiciones salariales, a partir del 1 de abril de 2012 en el primer caso y desde el 1 de octubre de 2012 para el segundo de ellos, respecto del personal comprendido en el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 642/12 suscripto oportunamente por las mismas partes.
Que mediante la Disposición de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo Nº 123, de fecha 25 de marzo de 2013, cuya copia fiel consta a fojas 55/57 del sub examine, se declaró constituida la Comisión Negociadora entre las partes.
Que el ámbito personal como el territorial de aplicación de los Acuerdos, quedan circunscriptos a la coincidencia entre el alcance de la representación del grupo de Cámaras signatarias y de la Asociación Sindical firmante, emergente de su personería gremial.
Que las partes acreditaron la representación invocada, con la documentación presentada en autos y lo ratificaron en todos sus términos y contenido.
Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.
Que de la lectura de lo pactado, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.
Que asimismo, se acreditan tos recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados.
Que por último corresponde, que una vez dictado el presente acto administrativo homologatorio, se remitan estas actuaciones a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de efectuar el Proyecto de Base Promedio y Tope Indemnizatorio de las escalas salariales previsto por el artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.
Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.
Por ello,
LA SECRETARIA
DE TRABAJO
RESUELVE:
— Declárase homologado el Acuerdo obrante a fojas 2/7 y 60 del Expediente Nº 1.506.968/12, celebrado entre el SINDICATO OBRERO DE LA INDUSTRIA DEL VIDRIO Y AFINES, la CAMARA ARGENTINA DE INDUSTRIAS OPTICAS Y AFINES, CAMARA ARGENTINA DE...
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