Disposición Nº 273/2013

Fecha de disposición11 Junio 2013
Fecha de publicación17 Junio 2013
SecciónDisposiciones
Número de Gaceta32662



ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

DisposiciónNº 273/2013Dirección General de Aduanas. Prestación de Servicios Extraordinarios.

Bs. As., 11/6/2013

VISTO el Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y complementarios, el Decreto Nº 1.399 del 4 de noviembre de 2001 y el Régimen de Servicios Extraordinarios regulado por las Resoluciones Generales Nº 665 y Nº 3.244 y sus respectivas normas modificatorias y complementarias, y

CONSIDERANDO:

Que esta Administración Federal tiene como objetivos estratégicos —entre otros— administrar con eficiencia sus recursos, incorporar nuevas tecnologías y desarrollar una gestión sustentada en la idoneidad del personal y en la transparencia de los procedimientos.

Que dichas metas se encuentran contempladas en el Plan de Gestión 2011-2015 de esta Administración Federal, en lo atinente a la responsabilidad de colaborar con el Gobierno Nacional en la consolidación de un modelo de crecimiento económico justo, competitivo, equitativo y sustentable en el tiempo.

Que el Decreto Nº 618/97 le otorga al Administrador Federal, para el cumplimiento de los fines específicos del Organismo, facultades de organización interna y de reglamentación sobre cuestiones estructurales, funcionales y de administración de personal.

Que el Artículo 2° del Decreto Nº 1.399/01 facultó a esta Administración Federal a determinar la planta de personal, su distribución y la asignación de dotaciones a sus distintas unidades.

Que el inciso a) del Artículo 6° del Convenio Colectivo de Trabajo (AFIP-SUPARA) prevé que los agentes aduaneros están obligados a la prestación personal del servicio, encuadrando su cumplimiento en principios de eficiencia, eficacia e idoneidad laboral en las condiciones y modalidades que resultan de dicho convenio y en las que pudiera determinar esta Administración Federal, en ejercicio de sus facultades.

Que, en dicho contexto y en virtud de la experiencia recogida, corresponde disponer nuevas pautas inherentes a la implementación y prestación de los servicios extraordinarios, así como a la asignación y liquidación de los mismos.

Que esta medida permitirá intensificar los controles y asegurar la calidad de las actividades, circuitos y sistemas para mejorar y agregar valor a las operaciones de este Organismo.

Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación...

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