Sentencia de SECRETARIA DERECHOS HUMANOS, 21 de Abril de 2014, expediente FRO 061000664/2007/1

Fecha de Resolución21 de Abril de 2014
EmisorSECRETARIA DERECHOS HUMANOS

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SECRETARIA DERECHOS HUMANOS FRO 61000664/2007/1/CA1 Rosario, 21 de abril de 2014.

Visto, en Acuerdo de la Cámara Federal de Apelaciones en pleno el expediente nº FRO 61000664/2007/1 caratulado “Legajo de prórroga de prisión preventiva de F., R.S.R. por privación ilegal de libertad (art.

144 bis inc. 1) inf. art. 144 ter 1º párrafo según ley 14.616”, (originario del Juzgado Federal Nº 2 de la ciudad de Santa Fe), del que resulta que:

El Juez actuante en el Juzgado Federal N° 2 de la ciudad de Santa Fe en la presente causa, Dr. C.V.B., dispuso por Resolución n°

38/14 prorrogar por el término de un año más -a partir del 15 de marzo- la prisión preventiva de R.S.R.F., de conformidad con lo establecido por la ley 24.390 y su modificatoria 25.430, elevando a esta instancia copia del decisorio pertinente a los fines previstos por la última parte del artículo 1 de ese texto legal.

Radicadas las actuaciones ante esta Cámara se dispuso la intervención del tribunal en pleno y dar noticia al Ministerio Público F., una vez cumplido quedaron los autos en estado de resolver (fojas 4). A fojas 5 el F. General Dr. C.P., manifestó que dada la naturaleza de los hechos investigados, está conteste con la prórroga de la prisión preventiva dispuesta.

Y Considerando que:

  1. ) Al disponer esta nueva extensión de la prisión preventiva el magistrado tuvo en cuenta la gravedad de los hechos por los cuales se dictara oportunamente el procesamiento del imputado, ilícitos que se enmarcan en los considerados delitos de “lesa humanidad”. Agrega que a ello cabe añadirle la complejidad de la causa que cuenta en la actualidad con siete cuerpos y más de mil doscientas fojas. Por último, hace mención que a la fecha no se ha logrado finalizar la instrucción debido a que se encuentra tramitando ante esta alzada el recurso de apelación interpuesto por la defensa oficial del encartado.

  2. ) Con respecto a la prórroga de la prisión preventiva la Corte Suprema de Justicia de la Nación se ha expedido en distintos pronunciamientos relativizando la obligación de otorgar automáticamente la libertad al imputado en los plazos previstos por el artículo 1º de la ley 24.390, aspectos que luego han sido cristalizados en la reforma del artículo 3º de la ley 24.390 mediante ley 25.430.

    En el precedente “Bramajo” (Fallos: 319:1840, del 12/9/1996) la Corte sostuvo que “...este Tribunal considera que la validez del art. 1° de la ley 24.390 se...

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